viernes, 26 de agosto de 2022

Carta LXXXIII. Prosigue el catálogo de obispos desde principios del siglo XI hasta el año 1075.

CARTA LXXXIII. 

Prosigue el catálogo de obispos desde principios del siglo XI hasta el año 1075.

Mi querido hermano: Hoy comenzamos la tarea con la memoria de un obispo, gran bienhechor de esta iglesia, y venerado con razón por santo casi desde su muerte, con ser así que a los sabios parecerá muy ajeno de la santidad el principio de su pontificado, y no menos al vulgo su desgraciado fallecimiento. Tal es 

S. ERMENGOL 

desde el año 1010 hasta el de 1035. 

Conjeturan algunos que este nombre es derivado del de Hermenegildo (y Armengol también); yo añadiría que es el mismo en Cataluña que estotro en Castilla, puesto que Ambrosio de Morales, si mal no me acuerdo, dice en su Crónica, haber visto firmas de los Ermengoles, condes de Urgel, existentes en Valladolid (uno fue yerno de Pedro Ansúrez y variantes, y sus hijos castellanos, que total es lo mismo que catalanes), de esta manera: S. Hermenegildi comitis Urgelli. En este país los latinos dijeron Ermengaudus, de donde por contracción nos vino Ermengodus y Ermengod, como lo vemos en varias escrituras, y en el vulgar Ermengol, que es como yo lo usaré. Era ya arcediano de esta iglesia en el año 1001 cuando murió su padre Bernardo, vizconde de Conflent, hermano del obispo Salla, como dije el correo anterior. Su madre se llamó Guisla o Wisla (W : G; Wilhelm : William : Guillem, Guillermo y variantes) (hija de Seniofredo de Llusá) según consta de muchos instrumentos, de los cuales he copiado el adjunto (a: Apend. n. XXIV.) del año 1002, sólo para probar esto contra Balucio, que en la Marca Hisp. col. 409, dice que Guisla, mujer del vizconde Bernardo, era hermana de S. Ermengol. Nació sin duda su equivocación de haber visto en alguna escritura que este obispo tuvo una hermana de ese nombre, como yo lo he visto también. En la ya citada suena un hermano suyo llamado Arnal, vizconde. El principio de su pontificado es uno de los puntos más obscuros y más dignos de ser aclarados de nuestra historia. Porque él nos reproduce lo que la antigüedad vio en S. Agustín y otros obispos nombrados viviendo aún sus antecesores. La opinión común es que S. Ermengol fue hecho auxiliar de su tío Salla, y con la futura del gobierno de su iglesia. Y esto parece indicar él mismo en la escritura de la institución de esta canónica, de que se hablará, cuando dice: ea quae praedictus Salla episcopus avunculus meus (mi abuelo; lo meu avi) ad instituendam vitam canonicam in nunc MEO EPISCOPIO dereliquit. Una escritura que he hallado felizmente en este archivo nos pone en estado de ilustrar esta materia, y de fijar lo que en ello hay de cierto. Es un juramento o promesa del conde de Urgel Ermengol I, llamado el Cordobés, hijo de Borrell y de Ledgardis, condes de Barcelona, por medio del cual promete tener y hacer que sea tenido por obispo de Urgel Ermengaudo, sobrino de Salla, dentro de tantos días después que este le avise de ello. Y si Salla quisiere ordenar obispo a su sobrino durante su vida, ofrece que le ayudará en ello, si él o su hermano el vizconde Bernardo o los otros parientes y amigos de Ermengol le diesen, dentro de sesenta días después de su ordenación, cien piezas (de oro) o prenda en valor de 200; y continuar en tenerlo por obispo después de muerto Salla, si dentro del año de su fallecimiento se le diesen 150 piezas, mitad en cada medio año. Y si Salla muriese sin haber ordenado obispo a su sobrino Ermengol, promete hacerle ordenar, si él o sus amigos le diesen las piezas sobredichas. Y en uno y en otro caso jura tener y guardar a Ermengol todo lo que le pertenezca, si él y su padre el vizconde Bernardo, y su madre Wisla, vizcondesa (hija que fue de Seniofredo de Luciano), le dan fianzas y le juran fidelidad sobre un altar consagrado o sobre las reliquias de los santos. Esta es en extracto la escritura que decía, y que va copiada a la letra (a: Apend. n. XXV.). En ella, como en todas las de esta clase, faltan las firmas y la fecha, sin que por eso deje de tenerse por original, concurriendo la circunstancia de ser su lenguaje, letra y nexos de aquel tiempo. Tienen una ventaja estas escrituras de homenaje y fidelidad, y es que cuantas veces se nombran los que mutuamente se la prometen y juran, otras tantas se expresan su padre y madre, y en algunos partidos sola esta última. Cosa que sirve mucho para fijar las genealogías, como en esta sucede, que hasta los abuelos paternos y maternos de S. Ermengol nos descubre. Por lo que hace a nuestro propósito, es menester considerar que esta escritura es anterior al año 1001, en el cual murió Bernardo, vizconde, padre de S. Ermengol, que en ella se supone vivo. Además llama siempre a S. Ermengol clerico, y no archilevita, dignidad que ya tenía en dicho año, y que nunca dejaron de expresar las escrituras que nos quedan de entonces. De esta observación resulta que más de diez años antes de la muerte del obispo Salla, se pensó en que S. Ermengol fuese su sucesor, o bien instituido aún viviendo él, o bien después de su muerte. En ambos casos parece que el conde Ermengol, como que acababa de obtener en 993 este condado solo y separado del de Barcelona, y por consiguiente falto del apoyo que aquella unión le proporcionaba, parece, digo, que debió temer que con la sucesión de dos obispos tío y sobrino, ambos de una familia extraña, cual era la del vizconde de Conflent, se siguiese algún menoscabo a los intereses de su señorío. Por esta razón exige de S. Ermengol y de sus parientes fianzas y juramentos que él pueda estar sosegado, y de Salla y demás las sumas que van expresadas. Esta interpretación, que es bien conforme al estado de cosas de aquel tiempo y a la letra de este documento, no sé si bastará para desvanecer la sospecha de simonía que a primera vista presenta su lectura en la ordenación de S. Ermengol. Porque ni Salla recibió por ello dinero alguno, y lo que dieron fue para redimir la vejación o resistencia que el conde podía oponer por miras políticas y temporales. Mucho más claro se vería esto, si se hallara la escritura de promesa y juramento que debieron hacer por su parte el tío o el sobrino; la cual debió quedar en poder del conde. De todos modos se infiere claramente que todavía se acostumbraba en aquel tiempo, si la necesidad lo exigía, el nombramiento de obispo sucesor viviendo el actual: y que el de S. Ermengol debía en todo caso ser hecho por Salla. Mas si esto llegó o no a efectuarse no nos consta; aunque para creerlo así da margen el catálogo de Gerri, que da a nuestro obispo 29 años de pontificado: y pues consta que murió a 3 de Noviembre de 1035, debiéramos en tal caso decir que fue hecho obispo hacia el año 1006, viviendo aún su tío. Mas de este tiempo no queda memoria por donde podamos asegurar tal cosa. Lo que sí consta (y con ello debemos contentarnos) es que a 6 de Noviembre del año 1010 obraba ya como obispo a los dos meses de la muerte de su tío y antecesor Salla, según vimos en la publicación de su testamento. Diez días después verificó la restauración de la canónica de esta iglesia, cuya acta se halla ya publicaba en la Marca Hisp. (apend. n. CLXIII), con la confirmación del papa Sergio IV. El mucho tiempo que era necesario para meditar, digerir y llevar a debida ejecución esta grande obra, no es un motivo para dudar de que nuestro obispo la hiciese en los primeros días de su pontificado, o para probar que lo había comenzado algunos años antes. Porque esta era una cosa que Salla tenía ya proyectada, y acaso en estado de madurez cuando murió, y que el sobrino, sabedor y penetrado de las ideas del tío, pudo ejecutar muy fácilmente. Ya dije en los correos anteriores de la calidad de esta canónica, y cómo por esta razón su pontificado forma una época notable en esta iglesia, siendo tenido por su restaurador y bienhechor principal, cuyos derechos y posesiones recobró y aumentó mucho durante su gobierno. No nos consta si para lograr, además de la sobredicha confirmación pontificia, la amplísima bula que a favor de esta iglesia expidió el papa Benedicto VIII año 1013 (ibid. n. CLXIX), hizo algún viaje a Roma. Mas no es inverosímil que así sucediese, atendida la costumbre de aquellos tiempos, el celo de nuestro prelado, y las circunstancias personales suyas que se expresan en la indicada bula de Benedicto. Nada más diré de estos documentos, de cuyo contenido cualquiera podrá enterarse en la citada obra, que es común. Otro punto más curioso se nos ofrece tratar ahora, y que necesita una larga discusión. El hecho es este. El año 1017, día 21 de Noviembre, se presentó en esta iglesia Borrell, hijo de Richildis, electo obispo de la iglesia de Roda, vacante por muerte de Aimerico. Venía acompañado del conde Guillermo de Ribagorza y de los canónigos de aquella catedral, y con el consentimiento de los nobles y abades de aquel país; y presentándose a nuestro obispo y su clero pidió fuese confirmada su elección. Lo cual se verificó. Y aunque el modo y fórmulas de que usa la escritura que de ello se hizo (que el notario llamó escritura de elección) parece indicar que esta se hizo aquí; pero para mí todo ello no es más que confirmación de elección ya hecha. Y lo probaría si fuese este el objeto principal de lo que trato. Se me olvidaba decir que la escritura original existe aquí, fecha anno trabeationis domini nostri Iesu Christi millesimo XVII., era millesima quinquagesima quinta, indiccione XV, (símbolo  C vuelta con puntito dentro) I Pacta XX, XI. Kal. Decembris, anno XXI. regnante Rothberto rege. Cuadran perfectamente todas estas notas de cómputo. La cifra (símbolo) significa concurrente 1.°, y lo era en efecto ese año 1017 en que regía el num. 18 del ciclo solar y la letra dominical F, a cuyos datos corresponde el concurrente 1.°. Sobre la inteligencia de esta cuenta ya he hablado otras veces (a: V. tom. VIII, pág. 153.). Tres días después se hizo la consagración del mismo obispo por decreto de S. Ermengol, y por mano de Adalberto, obispo de Carcasona, y con asistencia de Pedro, obispo Comenense (Comenge), los cuales tres obispos proclamaron y entronizaron al nuevo prelado, dándolo por pastor a la iglesia de Roda, y admitiéndole en su numero y colegio episcopal. Va también copia de estotra escritura igual en las fechas a la anterior (b: Apend. n. XXVI y XXVII.). Que aunque ambas están publicadas por Balucio en los Capitulares (ed. París 1780, col. 630); mas hallándose aquí los originales, sería un crimen no copiarlas de nuevo con toda exactitud. En este hecho no me llama a mí la atención el que varios obispos reunidos confirmen y consagren a un comprovincial, supliendo en esto la falta del metropolitano. Porque habiendo fallecido el de Narbona (que era el reconocido por nuestras iglesias durante el cautiverio de la de Tarragona) como se indica en el exordio de la segunda escritura, es claro que según los cánones, así como tocaba al obispo más vecino acudir a la última enfermedad de su compañero, darle sepultura, visitar la iglesia huérfana, inventariar sus bienes, cuidar de la elección del futuro pastor, y remitirle al metropolitano para la confirmación, así con el consentimiento de sus comprovinciales le tocaba hacer por sí estos últimos actos cuando no hubiese metropolitano. Así que no habiendo a la sazón arzobispo en Narbona, no es extraño que S. Ermengol, como más vecino a la iglesia de Roda, confirmase y mandase consagrar a su pastor. Pero hay más. Yo hallo en la primera de estas escrituras que S. Ermengol dice: “advocamus, adclamamus, atque eligimus iam dicto Borrello, ut... ad honorem, et benedictionem, atque ordinacionem sui presulatus accedat, et susceptione perveniat, sub tuitione alme Marie sedis prefate, et sub dominatione domno Ermengaudo episcopo, et succesores eius.” 

Repite lo mismo en la segunda escritura con estas palabras: sub tuicione vel dominatione prefate sedis Orgellensis, sive domnum episcopum Ermengaudum, vel omnes episcopi, qui post eum venturi sunt; y al fin de ella lo dice por tercera vez. Esto indica algo más que el derecho común: indica una sujeción particular de la iglesia de Roda a esta de Urgel, la cual en la primera de dichas escrituras claramente es llamada caput omnium ecclesiarum iam dicto comitatu (el de Ribagorza, donde está Roda). En virtud de esta primacía se dice que el nuevo obispo debía estar sujeto, no sólo a S. Ermengol, sino también a todos sus sucesores, y a la misma sede de Urgel. Esto sin duda nació de que en el año 819 cuando se restauró la iglesia Urgelense, no habiendo como no había sede episcopal en Roda, ni casi cristiandad en todo su distrito, se adjudicaron al de Urgel todos aquellos condados y sus iglesias, como se ve en el diploma de Ludovico Pío: y cuando después se erigió la silla de Roda a mitad del siglo X, debió el obispo de Urgel quedarse con esta primacía, o cosa que se pareciese a un derecho cuasi de metropolitano. Y aunque no se halla que esto pretendiese, sino ahora; mas la coyuntura de no haber metropolitano, pudo hacer que reviviese el derecho primitivo. El cual yo creo sea la causa de este hecho que ahora tratamos, y de la pretensión que poco después tuvo el sucesor Eriballo, en cuyo artículo diré de esto más de propósito. Entre tanto quede esto así; y sólo advierto dos cosas: 

1.a Que con lo dicho se responde a los que creen que por estar Roda en ese año 1017 ocupada por los moros, y no por otra razón, vino su clero a Urgel a hacer la elección de obispo, y que ese fue el motivo de que S. Ermengol la confirmase. Porque ni la escritura indica tal cosa, como ciertamente lo hiciera, ni su objeto es la elección hecha aquí, sino la confirmación de la hecha anteriormente, en virtud de la cual se presentó con los electores el electo.

2.a Que Borrell no debe ser tenido como un corepiscopo (co-obispo), o vicario (vice) y ministro de la sede de Urgel y de sus obispos; porque bien claro está que le confirmaron y ordenaron y aclamaron como obispo propio de la sede de Roda. Cuanto más que no se hallará en otro obispo Rotense, ni en la misma sede tampoco, rastro ni vestigio de la dependencia característica de los corepiscopos.

Prosiguiendo ahora las memorias de S. Ermengol, sabemos que en el año 1019 procuró y efectuó la reunión del monasterio de S. Lorenzo del valle Lordense, muerto su último abad Lobatón, a la famosa casa de S. Saturnino de Tabernoles, entregándolo a su abad Ponce para que lo tuviese como priorato. De esto se dirá más de propósito cuando se trate separadamente de los monasterios suprimidos de esta diócesi, y entonces irá la escritura de esta incorporación que es curiosa por algunas circunstancias que se explicarán. En el año 1024 a 1.° de Noviembre se abrió solemne juicio en la villa de Ponts, ante el conde de Urgel Ermengol y otros jueces en el pleito que nuestro obispo tenía con Durando, abad de Santa Cecilia, en el valle de Elins, sobre la posesión de la iglesia de Curticita y décimas de Castelló, todo lo cual poseía de buena fe el monasterio había más de cien años. Declararon los jueces que el título de esta posesión, es a saber, la donación del conde Borrell, era ilegal y contraria a las primitivas y auténticas donaciones que de todo ello habían hecho los reyes de Francia a esta iglesia y a sus obispos Sisebuto, Possidonio y Wisado el viejo. Hácese mención de esta sentencia en la Marca Hisp. Sus actas están copiadas en el Cartor. I. de este archivo, fol. 80, de donde las publicó Balucio (Capitul. reg. Francor. apend. num. CXLV.) 

Allí mismo he visto original el acta de otra sentencia que ganó nuestro obispo un día después de la antecedente en Guisona la vieja. Esto hará dudar a alguno de la verdad de la fecha del documento anterior, que no he visto original; mas estotro que digo lo es, y esta fecho: IIII. nonas Novembris, anno Dominicae incarnationis millesimo XXIIII, et Roberti regis Franchorum XXVIIII. Todo puede componerse advirtiendo que en este segundo juicio no se halló S. Ermengol personalmente, sino por medio de sus procuradores Mirón de Ponts, Bonifilio y Guitardo. Acusaron estos a Guillermo de Lavanza de haber usurpado muchas tierras incluidas en los límites de Guisona, a cuyos nuevos pobladores las había repartido S. Ermengol, cuando conquistó de los moros aquella ciudad (quam ipse de manibus paganorum multo labore abstraxerat, et prout melius potuit edificaverat, et adhuc Deo auxiliante edificat). Alegaba Guillermo que aquellas tierras pertenecían a la conquista que él había hecho del castillo de Lauro (Llor), sobre cuya posesión, además de una sentencia ganada en juicio, tenía la donación que le hizo el conde de Barcelona Raimundo con su mujer Hermesindis. Juzgose el negocio por las leyes de los godos, cuyos textos se alegan en la escritura; y se declaró nula la sentencia en que se fundaba Guillermo por no haber precedido la declaración de testigos, los cuales sólo se limitaron a la posesión del castillo de Lauro, en el que nada pedía S. Ermengol. También se declaró nula e ilegal la donación de los citados condes, como perteneciente a tierras que no eran de su señorío ni jurisdicción, esto es, de los condados de Barcelona y de Ausona, que estaban reunidos. Diose pues final sentencia a favor de nuestro obispo, y en seguida, para evitar nuevas disputas, se fijaron los términos y límites de dicha ciudad de Guisona, como verás en la copia adjunta (a: Apend. n. XXVIII.), que entre otras curiosidades, que según mi costumbre no me detengo a examinar, tiene la de certificarnos de la conquista de Guisona por S. Ermengol; y aunque no se nos dice el año en que esto fue, ya se sabe que debe fijarse poco antes del 1024. Pocos años después logró nuestro obispo que se confirmase a su iglesia la posesión de las villas de Tuxen, que le disputaba el conde Ermengol II. La escritura de este juicio y sentencia se halla en la Marca Hisp. (apend. n. CCFV), copiada del dotal o cartor. I de este archivo, donde la he visto y confrontado. Redúcela el Sr. Marca al año 1030 sin decirnos por qué, como debiera, supuesto que el año XXIII del rey Roberto, que expresa en su fecha, es ciertamente el de 1028 o lo más 1029, como saben los que conocen estas materias (a: Diago y Pujades suponen existente por estos años un obispo de Urgel llamado Amelio, el cual dicen que asistió a un concilio celebrado en Vique año 1027 (Marca Hisp. col. 434). Sin duda lo equivocaron con Amelio, obispo de Albi, que asistió a la consagración de la iglesia de Ripoll en el año 1032; y si no es esta la causa de su equivocación, será otra. A mí me basta decir que en esta iglesia no hay memoria de tal obispo, y mucho menos por estos años en que son continuas las memorias de San Ermengol hasta el 1035, como se verá.) 

Otra pequeña memoria queda del 29 de Noviembre, año 1032 (II del rey Enrique) en que recibió la donación que Trasver y su hijo Raimundo le hicieron del castro prope Fontaned. (apellido Fontanet)

A esta noticia sigue la que hasta ahora se ha creído última de su vida, que es el testamento que ordenó a 14 de Diciembre del año III del mismo rey (de Cristo 1033). Hállase publicado en la Marca Hisp. (apend. n. CCX). Engañados con esto nuestros historiadores han fijado su muerte en el mismo año, sin reflexionar siquiera que habiendo muerto, como ellos mismos confiesan, un día 3 de Noviembre, no pudo morir en este año el que a 14 de Diciembre del mismo todavía estaba disponiendo su testamento. Así que debieron por lo menos alargar la época de su fallecimiento hasta el 3 de Noviembre de 1034. Mas ni aun esto sufren que se diga dos documentos originales y muy preciosos, que he visto y copiado, de que voy a dar razón. El primero existe en el monasterio de S. Pedro de la Portella (llamado antes de Fronteñá), al cual acudió nuestro obispo día 21 de Septiembre del año 1035, junto con Wifredo, arzobispo de Narbona, y Guifredo obispo de Carcasona, para consagrar al de Barcelona Guislaberto, y al mismo tiempo la iglesia de dicho monasterio. El exordio de la escritura dice así: anno incarnationis Dominice XXXV. post millesimum, era M.LXXIII, indictione III, epacta XX, XI. Kalendas Octobris, anno V. regni Aienrici regis (rey Enrique), convenerunt in unum in Dei omnipotentis nomine &c. De todo esto, y de cómo allí fundó entonces S. Ermengol una cofradía, la cual confirmó poco después un concilio de Narbona, se habló a la larga en el viaje a aquel monasterio (a: V. tom. VIII, pág. 112 y sig.). Estaba pues vivo el santo obispo, y empleado en estas cosas en la Portella, día 21 de Septiembre de 1035. Consta que no asistió al citado concilio, aunque tardó muy poco a celebrarse, porque también consta que murió a los 43 días de aquel suceso, el 3 de Noviembre de ese mismo año. Esta noticia segura y enteramente ignorada, la hallé por una casualidad, de que no me harto de dar gracias a Dios. En el archivo del ayuntamiento de esta ciudad de Urgel hay un arcón de pergaminos inútiles y verdaderamente despreciables. Quise verlos sin embargo, ya que estaba para marchar de aquí, por si arrojaban algo acerca de monedas y algunas otras menudencias de los siglos XIV y XV a que pertenecen. ¿Cual sería mi sorpresa cuando, además de otro documento apreciable del siglo XII, de que se dirá, me encuentro con la escritura original (de que ni siquiera hay una copia en la iglesia) de la publicación y ejecución del testamento del santo, que es lo que llamamos testamento sacramental? A vista de ella se acabaron todas las dudas en este punto. He aquí su extracto. Los testamentarios y los testigos juran sobre el altar de S. Pablo apóstol, que estaba en el atrio o sea claustro de esta catedral (cuius altare situs est in atrium Sancti Petri apostoli intus in sede Vicco) que vieron y oyeron, y se encargaron de cumplir todas las disposiciones de nuestro obispo, ad eadem ora quando volebat Ermengaudus prefatus pergere ad limina beati Iacobi apostoli, sana mente, et memoria integra. Entre sus disposiciones notará alguno la manda de ciertas tierras a Sancto Michaële archangelo, quem ille edificavit in sede Vicco, propter remedium animae domno Sallano episcopo, et sua. Y debe saberse que esta sede Vicco no es la ciudad de Vique, sino la de Urgel, como ya quedó advertido: y que esta iglesia de S. Miguel, a quien se hacen estas mandas, es la canónica que el testador fundó aquí mismo, uniéndola al clero de la catedral, como ya se dijo (a: V. tom. IX, pág. 173 y 179.); y no la otra capilla de S. Miguel que había en Vique, que según se probó en lo de aquella iglesia (b: V. tom. VI, pág. 146 y 179.), estaba ya fundada un siglo antes que muriese S. Ermengol. Vivía aún su hermano Arnaldo en la fecha de este testamento. Deja en él su lecho de madera al obispo sucesor; y todo cuanto dio a su canónica dice que es para remedio de su alma y de Salla su tío y de sus padres, y para que los canónigos vivant cotidie in comunia in servitio sanctae Dei genitricis. Esta vida común que él había restaurado, la encarga de nuevo por estas palabras: Idcirco precepit... ut iam dicti cannonici filioli sui, qui hodie ibi sunt, vel in antea venturi erunt, rogavit, et amonivit, simulque excomunicavit per Deum patrem omnipotentem, et Ihesum Christum Dominum nostrum, et per Beatae Genitricis eius, atque sanctorum omnium, ut post mortem suam episcopum non elegant, nec adclament, nec consortium cum eo non abeant infra ianuas almae Mariae sedis, donec iuret manibus supra sancto altario almae Mariae sedis ipsa cannonicha, ut fideliter eis teneat &c. También mandó que los prepósitos que debían cuidar de dicha canónica, sint electi in capitulum Sanctae Mariae per ipsis canonicis cum illorum voluntate. Así cuidó este santo obispo al tiempo de morir de precaver la ruina de la vida canónica que miraba como su hechura principal. En cambio de tan copiosas donaciones como les hizo: mandavit, dice, simul et rogavit per singulos dies sacerdos, qui supra sacrosanctoque altario sedis missam celebriter canendus erit, dicatur missa pro anima domni Sallani presuli, et sua, Deus qui inter apostolicos, excelsa voce, sicut et missa, exceptus diebus Dominicis, et natalis Domini. Finalmente añaden los testigos: cum sua bona voluntate ita obiit de hoc seculo III. Nonas Novimber. Y estando fecha esta declaración o testamento sacramental III. Nonas Decembris, anno V. regni Enricho rege, que es el 1035, es indispensable fijar su muerte en el día 3 de Noviembre del mismo año. Porque ya se sabe que esta especie de declaraciones testamentarias se hacían dentro de los seis meses de la muerte del testador; y de esta escritura lo dicen después de sus firmas los mismos albaceas: Nos manumissores sumus, et similiter iuramus, atque infra sex menses, sicut in lege est constitutum, eventilare curavimus. Va copiada (a: Apend. n. XXIX.) 

Las circunstancias particulares de su muerte no nos constan de este documento; sólo podemos inferir de él que fue repentina. Dice así: Et precepit, si aliquid de eo contigisset, aut mors subitanea ei evenisset, SICUTI ET FECIT, antequam alium testamentum fecisset &c. Las actas de su vida, que van copiadas de un santoral de la iglesia de Barcelona (a: Apend. n. XXX.), cuentan que habiendo el santo emprendido la construcción de la puente que llaman del Bar sobre el río Segre, distante tres horas de esta ciudad hacia levante, y queriendo acelerar la obra, estimulando con su ejemplo a los trabajadores, cayó despeñado, estrellándose la cabeza entre las rocas. Añaden que fue luego trasladado su cuerpo con gran solemnidad a la catedral, y depositado al lado izquierdo de su templo, donde permaneció por espacio de seis meses, hasta que con motivo de una extraordinaria sequía el clero y pueblo resolvieron trasladarlo a la mano derecha del templo, confiados en hallar por intercesión de su pastor difunto el beneficio de la lluvia, como lo consiguieron. Al cabo de siete años fue elevado su cuerpo, y colocado junto al altar de nuestra Señora, en medio de los prodigios y cosas que refieren los sobredichos documentos. Yo no salgo fiador de todas las circunstancias portentosas que en ellos se cuentan; pero no deja de dar al todo de esta narración gran peso de verdad, la exactitud con que fijan la época del culto de este santo obispo, o lo que es lo mismo la elevación de su cuerpo a los siete años después de su muerte. Porque es así que los innumerables beneficios que había hecho este prelado a su clero, comenzando la fábrica actual de la iglesia (como veremos en el obispo sucesor), restaurando y enriqueciendo la canónica, y recobrando muchos de sus derechos; todo esto junto con la reciente memoria de su celo, caridad y otras virtudes pastorales, movió los corazones de su pueblo a que le tributasen la veneración debida a los santos. Mas esto no fue hasta el año 1041. En el de 1040 el obispo sucesor Eriballo habla de él como de un varón de buena memoria, mas no como de uno venerado por santo: Quae, dice, religiosissimus reverende memorie Ermengaudus episcopus dedit ad predicte sedis seu eius canonice opus, ob quam meriti causam Deus retribuat requiem et vitam, et Christi mater virgo adquirat delictis eius in coelis veniam, quod ipse in terris illi fabricavit ecclesiam ipsam sedem beatae Mariae iam dictam. Sin embargo de esto, y a pesar de no hallarse decreto alguno de su elevación o digamos canonización, hallo copiada en el cantoral I de esta iglesia, fol. 43, una donación a la canónica y a su obispo Guillermo Guifredo, cuya fecha es la siguiente: facta scriptura donationis anno XII. Enrici regis Franchorum, die sabbati, in festivitate Sancti Ermengaudi, mense Novembris. La fiesta de S. Ermengol, esto es, el día 3 de Noviembre, no cayó en Sábado por aquellos años, sino en el de 1044, en que regía desde el Marzo la let. dom. G; mas el año XII de Enrique, aun excluido todo el 1031 en que comenzó, coincide cuando más con el 1043. Como quiera que esto sea, y en medio de la inexactitud en que pudo incurrir el notario, vemos que esa es la época del culto de nuestro santo. En consecuencia de esto el mismo obispo Guillermo a 20 de Mayo de 1046 (año XVI de Enrique), aprobando cierta concordia hecha por S. Ermengol, le llama muchas veces Sanctus Ermengaudus. Desde entonces son ya continuas las memorias (que omito por no molestar) de donaciones y oblaciones hechas a la canónica para el día de dicha fiesta, que siempre fue el 3 de Noviembre. Pueden verse en el mismo cartoral los folios 26 y 32. Extendiose también a todo el principado de Cataluña el culto de nuestro santo; y así hallamos que en el año 1070 existía ya una iglesia con el título de S. Ermengol en el obispado de Vique y corregimiento de Cervera, cerca de Calaf; la cual dotó en dicho año el conde de Barcelona Ramón Berenguer I con su mujer Adalmodis, como consta de una escritura que me ha comunicado D. Francisco Mirambell, cura de Prats de Llusanés. En el territorio de dicha iglesia estaban los campos con que los padres de S. Olaguer, obispo de Barcelona, dotaron a la canónica de aquella catedral cuando le admitió por su canónigo en 1075. Esto último dice Diago Hist. de los condes de Barc. lib, II, fol. 128. También se intituló luego de S. Ermengol la iglesia de S. Félix de la villa de Aiguatebia (agua tibia) en el Conflent; como he visto en escritura de donación del año XII del rey Felipe (1071) hecha por una mujer llamada Wisla: ad ecclesiam, dice, Sancti Felicis, et Sancti Ermengaudi. Es de notar que el lugar de Aiguatebia había sido del señorío del santo obispo, el cual dio en su testamento la mitad de él a la canónica. En su fiesta y octava usaba todo el clero de esta diócesi de oficio propio, el cual he copiado del único ejemplar del breviario de ella que aquí se guarda, impreso en Venecia en 1487. Va adjunto (a: Apend. n. XXXI.). Téngolo por compuesto en el mismo siglo XV. Notarás en el himno de vísperas y maitines que todas las estrofas comienzan por un verso de otros himnos ya conocidos; y que el de laudes remata las suyas del mismo modo. Así lucían su ingenio los poetas. Con la introducción del breviario romano por S. Pío V se abolió este rezo, y le sucedió el del común, y así continua a pesar de las instancias repetidas de este capítulo, especialmente hacia los años 1730. Tiénenle aquí por abogado particular para las necesidades de sequía, y en un ritual del año 1536 se hallan establecidas preces particulares para implorar el remedio por su intercesión, con una letanía semejante a la que ya dije usada en Valencia. La oración dice así: Omnip. sempit. Deus, qui B. Ermengaudum pontificem tuum nostris diebus miraculorum signis mirabiliter fulgere fecisti: concede, quaesumus, ut quicumque ipsius adveniunt poscere suffragium, dono tuae gratiae celeriter adipisci mereantur. Per. 

En el día se veneran sus reliquias en capilla particular, depositadas en una arca grande de plata, para cuya traslación vi en el archivo de la villa de Puigcerdá que sus cónsules fueron convidados por los de esta ciudad en el año 1618; y en las actas capitulares de esta catedral hallo que para las fiestas que se hicieron con este motivo se fijaron los días de Pentecostés de ese año. 

ERIBALLO 

desde el año 1036 hasta 1040. 

Este es el nombre más común con que es conocido este prelado, aunque algunas escrituras lo varían llamándole Heriballo, Eribaldo, Erimbaldo y Ariballo. Era hijo de Raimundo, vizconde de Cardona, y de su mujer Enguncia o Engucia, y hermano de Beremundo, Fulcon (Fulco: Folch) y Raimundo, junto con los cuales hizo cierta donación que he visto a la iglesia de S. Vicente de aquella villa en el año 1015. De su madre y de su hermano Fulcon hace él memoria, siendo ya obispo, en una escritura que existe en la catedral de Vique del año VIII del rey Enrique (1038) con la cual declaró sujeta a aquella iglesia la de Calaf. En su testamento se verá que tenía también una hermana llamada Amaltrudis. Muerto hacia el año 1029 su hermano mayor Beremundo, que poseía el vizcondado de Cardona (a: V. sobre esto el tom. VIII, pág. 158.), lo heredó nuestro Eriballo, siendo ya arcediano, según se dirá. Vese esto en el testamento del mismo Beremundo, que está en el archivo abacial de Cardona, fecho III. Idus Ianuarii, anno XXX. regnante Rodberto rege (11 de Enero de 1026 o 1027). De él consta que el vizconde no tenía hijos, y acaso que no estaba casado, puesto que no menciona a su mujer, ni para heredarla ni para encargarle la custodia y conservación de sus cosas, las cuales pone in manus, et providentia domna Ermesindis comitissa (de Barcelona), et fratre meo Eriballo archilevita, et Fulco fratre meo. Después de varias mandas, dice: Et omnes meos alios alodes, quod remanent in cunctis locis, simul cum ipsa mea honore, dimitto in potestate, et tutela de fratre meo Eriballo archidiacono, vel baglia de domna Ermessendis comitissa; in ea ratione, ut si Deus mihi filium de legitimo coniugio dederit, et ad etatem pervenerit, ipse sit possessor, sub manu avunculi sui predicti Eriballo, de omni mea hereditate, quod a sanctis non habeo debitata... Si autem filium Deus mihi non dederit, dimitto similiter ipsos alodes, vel honore mea, in manus Eriballo, ut ille similiter eligat per sua manu Fulcum fratrem nostrum, ut in diebus suis, si Fulco Eriballum supervixerit, possesor fiat de prefata hereditate vel honore. Esto dice la escritura, de lo cual se infiere que Eriballo heredó el vizcondado de Cardona con la condición de que lo dejase al hermano menor Fulcon o Folch, como decían en vulgar. Mas habiendo este muerto antes que Eriballo, pasó aquella herencia al hijo del difunto Raimundo Folch, según se verá en el testamento de nuestro obispo, donde dispone de esa herencia como de cosa propia.
Con estas noticias nadie debe extrañar el verle intitulado vizconde en las escrituras posteriores a la muerte de su hermano; de las cuales citaré ahora una que es también notable para la diplomática de este país. Y es una donación que él mismo hizo hacia el año 1032 al presbítero Guadamiro de un alodio en el lugar de Sigberta, condado de Gerona, en la cual se llama a sí mismo archilevita, vel vicescomes. El notario puso en este instrumento la fecha del año XXXVII de Roberto, con ser así que a este príncipe el que más le concede son 35 años de reinado. En el monasterio de Bages me acuerdo de haber visto algunas escrituras en que siguieron contando por muchos años su reinado como si no hubiera muerto (a: V. tom. VII, pág. 212 y sig.). La que he citado está original en el archivo de la catedral de Gerona, y de allí es la copia adjunta (a: Apend. n. XXXII.). La firma de Raimundo Folch vizconde, que verás en ella, es del sobrino de nuestro obispo, que habiendo heredado de él el señorío de Cardona,  como se ve en su testamento, confirmó después la misma donación. Según vimos arriba, en el año 1015 tenía ya el título de arcediano; pero no lo era de esta iglesia de Urgel, como algunos creen, sino de la de Gerona. De esto pueden ser un indicio muy claro las varias mandas que hace en su testamento a la canónica y a los presbíteros de Gerona, dejando a estos últimos todos los muebles que tenía en aquella ciudad: y las palabras que al instituir heredero de sus estados a su sobrino Raimundo Folch, dice: excepto episcopatum quem tenebat, et excepto archidiaconatu sedis Gerundae. También lo persuade el testamento de su hermano Beremundo del año 1026, en el cual da Domino Deo, et beatae Mariae sedis Gerundae un alodio in comitatu Gerundense, in ipsa Pera (Çapera) in parrochia Sancti Isidori... in tali tenore, ut interim vivit Eriballus (a quien acababa de intitular archilevita) frater meus, teneat et possideat ipsum alode; et post obitum illius remaneat ad praedicta Sancta Maria ad ipsa kanonica, si ipsa kanonica permanserit; si vero, quod absit, minime perstiterit, remaneant ipsos alodes ad unum clericum in servicio Sanctae Mariae, cui Eriballus elegerit. 

Basta lo dicho para inferir que fue arcediano de Gerona; y acaso poseyó aquella dignidad junto con la episcopal; aunque esto último lo desmiente el testamento del obispo, en el cual nombra por uno de sus albaceas a Raimundo, arcediano de aquella iglesia. Su promoción al obispado de Urgel se verificó muy poco después de la muerte del antecesor, puesto que a principios del año 1036 ya tenemos memorias de su pontificado. Tal es una donación que he visto original en el archivo del monasterio de Monserrate (Caj. 28, leg. 23, num. 1), hecha por el conde de Urgel Ermengol II a Arnaldo Mir de Cervera, en que le da la villa y castillo de Artesia: su fecha X. Kal. Maii, anno V. regnante Enerici regis (22 de Abril de 1036). Pues en esta escritura firma entre los testigos Eriballus episcopus Urgelli. También subscribió en la que un año después se hizo para adjudicar la iglesia de dicha villa a la abadía de Ager, que ya envié (a: V. tom. IX, pág. 245.).

Del año 1037 es la dedicación que hizo de la iglesia de S. Cristóbal de Meyá, según consta de una cédula hallada allí mismo en 1676. Esto dice en sus apuntes el P. D. Jaime Pascual, canónigo Premonstratense del monasterio de las Avellanas, añadiendo que esta debió ser reedificación de dicha iglesia, puesto que de su construcción en el año 815 habla una inscripción existente todavía en ella, que dice así: ANNO DNI DCCCXV. IN NOMINE CHI PRESENS ECCLESIA FACTA FUIT. No habiéndome sido posible ver esto por mis ojos, déjolo en el grado de crédito que se merece aquel anticuario. Con más certidumbre puedo hablar de la confirmación que varios señores hicieron a nuestro Erimbaldo (así le llaman) de todas las posesiones que ya disfrutaba esta iglesia, día 27 de Abril del año 1038 (anno VII. regnante Enerici regis). Era muy de desear que existiese el original de esta escritura importantísima, por la novedad que introduce en la serie de los condes de Urgel. Mas hasta ahora sólo he podido dar con una copia en este archivo episcopal, donde entre los confirmantes se lee: Nos Poncius gratia Dei comite Burrello in Urgello comite, y en las subscripciones dice: Sig+num Poncius comes Burrello. = Sig+num Ermengaudus. = Sig+num Arnallus Mironi. = Sig+num Raimundus, vicecomite, qui hanc cartam fecimus &c. Ni en el año 1038 ni en todo el siglo XI es conocido tal Ponce Borrell, conde de Urgel. Mas por nueva que parezca esta especie, acaso servirá para ilustrar la cronología de aquellos príncipes en que estoy entendiendo.

En lo que no cabe duda es en que nuestro obispo asistió el mismo año a la consagración o dedicación de la iglesia catedral de Gerona, celebrada a 21 de Septiembre, cuyas actas hallarás publicadas en la Marca Hisp. (apend. num. CCXVIII.) 

A los años 1039 y 1040 respectivamente debían pertenecer todas las últimas memorias que nos quedan de este prelado, si pudiéramos estar asegurados de que los notarios contaron los años del rey Enrique desde el Julio de 1031; porque entonces el año X que expresan casi todas las escrituras de que voy a hablar, era claramente uno de los que dije. Mas como esto no puede averiguarse, resulta una intolerable incompatibilidad de algunos de los hechos que ellas refieren. Por fortuna se sabe con evidencia diplomática que el obispo murió un viernes 19 de Diciembre del año 1040; con la cual no puede pasar al 1041 el año X de Enrique que notan dichos diplomas: lo cual sería un nuevo embrollo. No me queda pues otro arbitrio para salir de este laberinto, más que retroceder desde ese punto cierto, e ir ordenando estas memorias por meses, sin poder decidir si son del 1039 o 1040. 

Las dudas sobre estos cómputos siempre han sido de suyo insolubles; sólo falta que lo confiesen ingenuamente los anticuarios, sin darse por avergonzados de ello. Baste por ahora saber que son ciertos los hechos siguientes.

Sábese en primer lugar que a 29 de Mayo, anno X. regnante Aenrico rege, sentenció como juez, en presencia de Arnulfo obispo de Roda, y de varios nobles del país, el pleito que la condesa viuda de Urgel Constanza traía con Guillermo, abad del monasterio de S. Saturnino de Tabernoles, sobre la parroquia de Yel (Iel en un texto anterior); la cual como subalterna y dependiente de la iglesia de Santa. Eugenia del lugar de la Torre, consagrada por el obispo Nantigiso en 913, según se dijo en su artículo, y dada al monasterio por el difunto conde Ermengol II, marido de la litigante, fue adjudicada por nuestro obispo a dicho abad y a sus monjes. Va copia tomada del cartoral del mismo monasterio existente en el seminario episcopal de esta ciudad (a: Apend. n. XXXIII.), en la cual verás como a este acto se halló presente la condesa Isabel, primera mujer del conde de Barcelona (pone Bárcena, con salto de linea) Ramón Berenguer I, llamado el Viejo. Es evidente que en la fecha de esta escritura el notario tomó por año primero de Enrique todo el 1031; porque si contara sólo desde el 20 de Julio en que comenzó a reinar aquel príncipe, debía reducirla al año IX, al cual corresponde el 29 de Mayo. 

Mucho más notable es la segunda memoria que hay de ese mismo año 1040, perteneciente a la demanda que nuestro obispo puso ante el rey Ramiro I de Aragón, quejándose contra D. Sancho su padre que había sacado de la sujeción y obediencia a la iglesia de Urgel los condados de Ribagorza y Gestao, los cuales el emperador Ludovico Pío había subordinado a ella, como territorio de su diócesi, en el año 819. Vista por Ramiro la justicia de esta petición, mandó que de nuevo volviesen a su diócesi y obediencia dichos dos condados, expresando particularmente la ciudad de Roda con todo lo que a su iglesia correspondía. Esta escritura se hizo a XV de las calendas de Octubre año 1040, dos o tres meses antes de la muerte de nuestro obispo. Publicada está en la Marca Hisp. (apend. num. CCXIX.), y la he cotejado con algunas copias de ella, hechas en los años inmediatos, no habiendo podido dar con el original. 

Reflexionemos sobre este hecho. ¿Qué es lo que pretendió Eriballo? Por ventura que suprimida la sede de Roda, volviese su iglesia con los dos condados de Ribagorza y Gestao a ser enteramente de su diócesi? Esto indica Balucio (ibid. col. 440). 

Mas esto me parece imposible y ridículo; porque la sede de Roda existía ya más había de un siglo, y no sólo sin reclamación de parte de la de Urgel, sino con actos positivos de reconocer como legítimos a los obispos Rotenses, que asistían a los concilios, y consagraciones de iglesias, y confirmaciones de obispos, y con la insigne demostración que vimos en el artículo anterior, cuando S. Ermengol ordenó por su mano e intronizó en aquella silla al obispo Borrell. Y el mismo Eriballo en este mismo año convidó a Arnulfo, obispo de Roda, para la consagración de esta catedral, y para la de la iglesia de Cardona, y para otras cosas. Contra estos argumentos no vale alegar la letra de dicha escritura; porque el ius, y dominatio y potestas que allí se dan a Urgel, pueden tener otros sentidos. ¿Pretendería solamente recobrar algunas iglesias particulares de aquellos condados? No lo sufre el contexto de dicha escritura, que los expresa enteros, y también a Roda iglesia matriz de ellos. Y si vale decir que sólo esto pretendía, bien podemos asegurar que no lo logró (cosa por cierto inverosímil y contraria al decreto de Ramiro) respecto del monasterio de Alaon (Alaón), de quien se dice que hizo demanda particular. Porque aunque esta casa estuvo sujeta a Urgel en lo antiguo; mas después de la erección de Roda en silla episcopal, a esta reconoció y obedeció, y a esta continuó en estar sujeta después de ese año 1040, como algún día se dirá. Ni Roda tampoco dejó de tener sus obispos, ni estos el mismo territorio que antes, y la jurisdicción en él, sino acaso en algunas iglesias particulares que ahora no sabemos, y que no eran motivo para tan grave queja, y tan solemne diploma.

Pues si no pidió Eriballo la supresión de la sede de Roda, ni unas pocas iglesias de las que a ella obedecían, ¿pediría acaso que se le guardase un derecho cuasi metropolítico, como el que parecía haber ejercido su antecesor S. Ermengol confirmando e intronizando al obispo de Roda? Mas 1.° esto no consta de la citada escritura. 2.° Ese acto de jurisdicción de San Ermengol es el único que sepamos ejercido por los obispos Urgelenses sobre los Rotenses. De todos los prelados de aquella silla desde el año 957 en que fue erigida como dicen, o trasladada como yo creo, no hay otro más que Borrell en quien tal cosa se viese. Los demás a ciencia y paciencia de los Urgelenses fueron confirmados por sus metropolitanos, como allá se verá. 3.° Por obscurecida que estuviese en aquel tiempo la disciplina eclesiástica, nadie dirá que llegase su alteración hasta el punto de creer que un obispo fuese sufragáneo de otro sufragáneo. Confieso, hermano mío, que atendidas estas cosas que he dicho, no sabré resolverme en qué es lo que pedía el obispo Eriballo, ni qué es lo que se le concedió. Si existiera la escritura con que la sede de Roda fue establecida en 957, ella nos diría las condiciones con que consintió la de Urgel en la desmembración de su territorio. Mas no existe. Por otra parte es sabido que estos negocios eclesiásticos o nacían o tenían conexión con los civiles. Los reyes de Aragón de la mitad del siglo X no sufrirían que las parroquias de sus estados reconociesen como obispo al que lo era de un señorío ajeno y poderoso. Ya dije en otros viajes (a: V. tom. VI, pág. 207, y tom. VIII, pág. 70.) cómo el conde de Besalú Bernardo no paró hasta tener en su condado obispo propio, para estar así menos dependiente de los condes de Gerona y Ausona. Esta debió ser la principal causa de la nueva silla de Roda. Después de esto el rey D. Sancho, a proporción que en el siglo XI iba dilatando su dominio con las armas, es regular que no sufriese ver sujetas las nuevas conquistas al obispo de Urgel, teniendo ya un obispo propio en Ribagorza. De esto tenemos un ejemplo reciente en D. Jaime I de Aragón, el cual, recobrada de los moros a tanta costa la ciudad de Valencia, no permitió que su iglesia quedase sujeta a la metrópoli de Toledo, capital de Castilla, como antes lo estuvo, ni paró hasta que Gregorio IX la declaró sufragánea de la metrópoli de todo su reino Tarragona. A esta manera D. Sancho, sujetando a los obispos de Roda sus nuevas conquistas, pudo dar motivo a Eriballo para que se quejase de que se le quitaban todos los condados de Ribagorza y Gestao: y para que alegase la concesión primitiva del año 819 en que se adjudicaron a su iglesia aquellos territorios, cuando ni en ellos había obispo, ni casi lugar alguno libre del dominio de los moros. Mas este derecho, como el de Toledo a la iglesia de Valencia, debía ceder a las circunstancias del día, según las cuales entonces y ahora debe arreglarse este punto de disciplina. Porque más pesa el bien de los fieles y de los estados, que el fuero de lo que era en otro tiempo cuando las cosas eran otras. Reclamó pues Eriballo la posesión de aquellos territorios, que en lo antiguo eran suyos, y el rey D. Ramiro dice la escritura que se los concedió: en lo cual no diré que uno y otro obrasen contra lo que debían, pero sí diré que no tuvo consecuencia lo resuelto, porque la imperiosa necesidad de las circunstancias lo deshacía. Iguales reclamaciones por parte de Urge (Urgel) veremos más adelante en dos o tres obispos; mas también veremos que fueron inutiles. En suma, la pretensión de Eriballo era, a mi entender, que no se le separasen las iglesias que de nuevo se iban restaurando, con lo cual parecían despojarle enteramente del derecho que le correspondía en aquellos condados. Esto pienso de este gran cuento que tanto me ha hecho hablar. Vamos adelante con nuestro obispo. Poco más de un mes después de este suceso, es a saber, a 23 de Octubre del mismo año 1040 (X de Enrique), estando ya concluida la fábrica de la iglesia catedral comenzada por S. Ermengol, trató de su dedicación. A este acto solemne acudieron el arzobispo de Narbona Wifredo, y los obispos Berenguer de Elna, Arnulfo de Roda, Bernardo de Coserans, y Wifredo de Carcasona, que es el que había sido obispo de Besalú. Halláronse asimismo presentes la condesa viuda de Urgel Constanza, con su hijo pequeño Ermengol III. Con este motivo confirmó el arzobispo la institución y dotación de la canónica, con todas las posesiones que le habían dado los obispos Salla, S. Ermengol y Eriballo. El acta de todo esto se halla en la Marca Hisp. (apend. n. CCXX). No puedo dejar de advertir la equivocación con que Balucio al formar el índice de aquella obra llamó Urgelense al obispo Guadallo, el cual como por incidencia se menciona en esa escritura hacia el fin. Porque es muy cierto que aquí jamás hubo ningún prelado de ese nombre. Y el indicado en este acto como ya difunto, sin duda era el obispo de Barcelona, cuya vida no pasó del 1035, como dijo el P. M. Flórez: o sería, si se quiere, el intruso en la sede de Vique a fines del siglo X, el cual como dijimos en el viaje a aquella iglesia, era ya muerto en 1039 (a: V. tom. VI, pág. 158.). He fijado esta escritura en el año 1040, porque así la fija Balucio (loc. laud.), y porque bien pudo ser que a él perteneciese el año X de Enrique, que el notario puso en ella. Mas ¿cómo compondremos esto con que este mismo año X de Enrique, y el mismo día 23 de Octubre, en que se hallaba aquí Eriballo entendiendo en una función tan solemne y concurrida, se hallase igualmente en la villa de Cardona dedicando con algunos de los mismos obispos la iglesia de S. Vicente? Así que es indubitable que alguna de estas dos dedicaciones pertenece al año 1039; y para mí tengo que debe ser la de esta catedral, puesto que en la de Cardona suena ya viuda la vizcondesa Guisla, cuyo marido Fulco consta que fue asesinado el día 3 de Febrero de 1040. Como quiera, es cierto que nuestro obispo consagró también y dotó aquella iglesia de Cardona. Balucio (ib. ap. n. CCXXI.) publicó estas actas muy diminutas. Yo las envié completas tomadas de su original (a: Tom. VIII, pág. 180 y 291.). Aquí sólo advierto que este es uno de los instrumentos en que Eriballo se llama a sí mismo eiusdem oppidi (Cardona) princeps, et dominus. Item Balucio llamó Arnaldo al Arnulfo, obispo de Roda, que se halló en aquella fiesta. También está fecho en el mismo año X de Enrique, y en el día anterior al de las dos escrituras sobredichas de consagración, el testamento que hizo nuestro obispo hallándose en sana salud. Porque veas si son estas tres cosas que puedan pertenecer a un mismo año. Mas del testamento no hay duda en que es del 1040, según se verá. Existe de él una copia en el cartoral I de esta iglesia. Pero antes de venir acá, había yo ya visto original en el archivo de los duques de Cardona, que está en Barcelona, la declaración testamentaria o sea testamento sacramental que extendieron los albaceas del obispo, y de allí es la copia adjunta (b: Apend. n. XXXIV.). Muchas veces te he dicho, y conviene repetirlo, que según la legislación de aquel tiempo, aunque el testador extendiese por escrito su última voluntad, verificada su muerte se hacía por los albaceas (manumissores, en vulgar marmesors) su respectiva declaración, y se extendía una nueva escritura que llamaban conditiones sacramentorum; y nosotros testamento sacramental, en alusión al juramento con que confirmaban ser aquella la voluntad del difunto. Esta escritura repetía todos los artículos del testamento escrito; y si no lo había, decían en ella los testigos lo que de palabra oyeron que dispuso el difunto, y aun lo que presumieron que hubiera dispuesto si les pudiera hablar. Y como para que fuese valedera la declaración debía hacerse dentro de los seis meses de la muerte del testador, para que esto constase declaraban también con juramento los testigos el día en que aquella se verificó. Por todos estos motivos son dichas escrituras en gran manera apreciables, más aun que los mismos testamentos escritos. 

En esta que digo aseguran los albaceas y testigos que el obispo Eriballo tenía dispuesto y firmado de su mano su último testamento, del cual copian todas sus mandas, y también lo que dispuso acerca del señorío de Cardona, conforme a lo que al principio dijimos que había ordenado su hermano Beremundo. Porque muerto ya en esta época Fulco, hijo de Beremundo, dejó aquella herencia a Raimundo Folch, hijo de ese Fulco. Y en caso de morir Raimundo sin hijos, manda que pase al hermano del mismo también Fulco o Folch, al que entretanto deja castrum de Colonico cum castellania. Este es el obispo Fulco, de quien se hablará en los artículos siguientes. En la muerte de ambos sin hijos instituye heredero a Eriballo, hijo de su hermana Amaltrudis: y a falta de él a su hermano Gitard. Las palabras con que expresó la herencia principal, son estas: ipsum vicecomitatum de Ausona, simul cum castro de Cardona. ¡Cuántas reflexiones ofrecen estas pocas palabras! Ahora sólo diré que esto prueba evidentemente que en el siglo XI el vizcondado de Ausona no era el intitulado de Cabrera, como dicen los historiadores, y que es posterior al siglo XII la adjudicación de los títulos de vizcondados, baronías &c., que comúnmente se designan para cada uno de los condados de Cataluña (a: V. tom. VIII, pág. 164.). De esto se dirá más en lo de los condes de Urgel. Concluyen los testigos su declaración, dando la noticia de la muerte de nuestro obispo con estas palabras: Revelamus autem omnibus Deum... bus presentis et posteris, obitum praefato Eriballo bonae memoriae episcopo; quia postquam haec omnia ordinavit, postea consentiente divina pietate parvos supervixit dies, inter quos ibat in servitio Domini nostri Ihesu Christi, et sancti sepulcri, sive fideles eiusdem Domini, ubi ire cupiebat. Quibus antequam complesset itineris labore, subito ipse auctor vel eius ductor ad eterea regna ex huius tenebris ad lucem adsumpsit, et inter agmina sanctorum suscepit, scilicet, sicut a quibusdam auditum est, revertentibus, in mense denique Decembrio, videlicet, VI. feria, XIIII. die precedente Kalendarum Ianuarium. De lo dicho resulta que la muerte le sobrevino en un viaje que junto con otros hacía a la Palestina para visitar el santo sepulcro. De este viaje hay otra noticia en la nueva donación que hizo a su iglesia de la villa de Oriol, en el condado de Berga, la cual he visto copiada en uno de los cartorales de este archivo, y empieza así: "Ego Ariballus sanctae et venerabilis ecclesiae Urgellitanae... episcopus, peregre profectus, haud dubium quin ad sepulcrum Domini nostri Ihesu Christi, cum essem Narbonae, celitus, ut credo, inspiratus, haec inter cetera, quae prius disposueram sub testamento &c." 

La fecha de esta donación es del día 9 de Noviembre del año 1040, indicción VIII: fechas que cuadran muy bien. De manera que sabemos de cierto que el viaje lo emprendió a fines de ese año, y que en prosecución de él se hallaba en Narbona, donde debió recoger su carta formata el día 9 de Noviembre. También sabemos que prosiguiendo su viaje murió un día Viernes, XIIII. die precedente Kalendarum Ianuarium, que es lo mismo que XIV. Kalend. Ianuarii, 19 de Diciembre, que justamente cayó en Viernes ese año 1040, en que, como bisiesto, regía desde el Febrero la letra dom. E. Nunca agradeceremos bastante a aquellos testigos y notario el esmero en expresar aquella VI. feria; porque con eso poco pusieron en claro este punto, y con la consonancia de todos esos datos dejaron averiguada la época de la muerte de Eriballo, que sucedió día Viernes 19 de Diciembre del año 1040, a los 57 días después de haber ordenado su testamento, que son el parvos supervixit dies, que dicen los albaceas. Esta misma cuenta siguen un cronicón de Ripoll, y varias notas de este archivo, aunque en el día del mes varíen un poco fijando el óbito en el día 21 de Diciembre. Por consiguiente debe despreciarse como arbitraria la cuenta que siguió Balucio (Marca Hisp. col. 441), fijando esta muerte en el año 1042. En el artículo siguiente se verá lo infundado de las razones que alega para ello. Ahora bastará para demostrar su equivocación la fecha de este testamento sacramental de que hablamos, la cual dice así: Latae istae conditiones Kalendis Maii, anno X. Henrici regis. Porque claro está que si Eriballo murió en 1042, como dice aquel escritor, el 1.° de Mayo en que se hizo la declaración de su testamento deberá ser el de 1043. ¿Y quién dirá que a ese año pueda acomodarse el X de Enrique, aunque su reinado se cuente desde el año 1032? Por lo contrario, contándolo desde el 20 de Julio de 1031 en que comenzó a reinar, el día 1.° de Mayo de su año X coincide con el de 1041, en el cual, antes de cumplirse los seis meses de la muerte del obispo, se hizo la declaración jurada de su voluntad, como mandaba la ley. Esto en cuanto a la época de la muerte. Del lugar donde aconteció dice un necrologio de Cardona que fue Pomposa, cuya situación ignoro por ahora (N. E. Ponposa aparece en textos anteriores). Oigamos sus palabras: XII. Kal. Ianuarii. Eodem die obitus Eribaldi pontificis, fratris Bermundi proconsulis. Hic in episcopali residens cathedra, precepta sedulo meditans dominica, eique parere gliscens, in antro prothoparentum volens incedere calle terrestri Xpm in suo est amplexus, unde iam seculum fuerat egressus, pro regresso caperet, in Xpi confessione apud Pomposam quiesvit beata dormitione. Por enrevesado que sea este elogio, bien se ve que recae principalmente sobre las virtudes del difunto; al cual por ellas contó entre los santos el P. Domenech en la historia de los de Cataluña. Y él será uno de los siete obispos de esta iglesia de Urgel, que suponía canonizados el canónigo Agustín de Isla en la protesta que hizo en el concilio de Tortosa de 1429, sobre que no se mudasen aquí los vestidos canonicales antiguos, de lo cual se habló otro día (a: V. tom. IX, pág. 186.). 

GUILLERMO GUIFREDO 

desde 1041 hasta 1075. 

Era hijo de Guifredo, conde de Cerdaña, y de su mujer Guilla o Guisla (alias Ermengardis), como he visto en una escritura del año 1064 (Cartor. I. fol. 64). Debió esta ser tercera mujer del conde; pues como se dirá en el episcopologio de Gerona, tuvo otras dos llamadas Dulcia e Isabel. Sus hermanos fueron Ramón Guifredo, sucesor de su padre en el condado; Guifredo, arzobispo de Narbona; Berenguer Guifredo, obispo de Gerona; Bernardo Guifredo, conde de Berga, y Ardoino. He leído en la historia de Languedoc (lib. XIV.), que su hermano, arzobispo de Narbona, trabajó para que le eligiesen obispo de esta iglesia, ofreciendo para ello cien mil sueldos, cuya suma recogió vendiendo las cruces, vasos sagrados, relicarios, libros &c. de la iglesia de Narbona. Nada de esto debe extrañar el que sepa lo que entonces se estilaba en Francia, en Italia y en otras partes. En la Marca Hisp. (col. 441.), suponiendo Balucio que el antecesor Eriballo murió en 1042, dice que nuestro obispo fue electo el mismo año. Yo que tengo por cierta y averiguada la muerte de Eriballo a 19 de Diciembre de 1040, no puedo dejar de decir que Guillermo le sucedió a principios del 1041. Y me acuerdo haber notado una u otra memoria de su existencia en este año que ahora no tengo presentes. Consta ciertamente que era obispo el año 1042, en que consagró la iglesia de S. Esteban de Guils, que creo es de la Cerdaña francesa. He visto un dibujo, no que una copia, de la cédula que se depositó en su ara máxima, donde se escribieron los nombres de los sujetos siguientes: Bonus homo sacerdos, Vivas sacerdos, Airo (forte Miro) sacerdos, Seniofredus sacerdos, Gentilus Xixol, Iquimara, Requilles vivus vel defunctus, Segario cum omnibus parentibus suis, Ermengaudus gratia Dei episcopus. Estos eran los que habían contribuido a la fábrica de la iglesia, que en ese año estaban vivos o difuntos, y así contaron a S. Ermengol que había muerto siete años antes. También pertenece al mismo año la restauración del monasterio de Sta. Grata en la villa de Tramasaguas, cuya escritura publicó la Marca Hisp. (ap. num. CCXXIV.)

Hallose en el concilio de Narbona del año 1043, en que se procedió contra los invasores de los bienes del monasterio de Cuxá, y se confirmó la fundación del de la Portella, y la cofradía que allí instituyó S. Ermengol. Su firma se halla en aquellas actas de esta manera: Guillelmus gratia Dei Urgellitanus praesul, qui haec statuta auctoritate episcopali confirmat (a: V. tom. VIII, pág. 115 y 263.). También asistió a los otros concilios que se tuvieron los años siguientes. En el de 1044, II. idus Ianuarii, anno XII. regnante Aganrigo rege, consagró la iglesia Sancti Martini in parrochia quedam vocitata Benevivere (Beviure). El año dicho de la encarnación se halla también en la escritura que he visto, con el cual ciertamente no cuadra el XII que añade de Enrique; porque veas lo que decía en el artículo del obispo anterior, esto es, la diversidad y capricho con que los notarios contaron los años de aquel rey. Del año 1048 y día 4 de Abril nos queda una curiosa escritura de donación hecha a esta iglesia por el conde Ermengol III y su madre viuda Constancia, cuando aquel príncipe tenía, como allí se expresa, quince años y diez meses de edad, en presencia del vizconde Mirón y de Arnaldo Mir de Tost y de otros nobles. Dieron pues aquellos príncipes madre e hijos decimam partem de cunctas parias, quae modo accipiunt ex partibus Hispaniae, y de las que en adelante adquiriesen, destinando la mitad de la décima a la fábrica y ornamentos de la iglesia, y la otra mitad a la canónica. Conceden además junto con el obispo Guillelmo y Mirón vizconde (como derechos que les pertenecían) ipsos teloneos, et lezdas de cunctos homines, qui venerint ad firam Sanctae Mariae, quae est constituta ad Assumptionis eiusdem in mense Augusto, … et ad ipso retro (la feria última) qui est constitutus in iam dictam sedem post festivitatem dedicationis Sancti Michaelis, qui est tertio Kalendas Octobris. La fecha de esta escritura es pridie nonas Aprilis, anno XVII. regni Enrici regis, la cual yo reduzco al año 1048, porque así corresponde a la cuenta de los años de este rey desde que comenzó a serlo en 20 de Julio de 1031; y aunque la donación se dice hecha en el claustro de esta iglesia ad diem sanctum Paschae, y ese año no fue Pascua a 4 de Abril sino a 3, no hay inconveniente en que se extendiese el día 4 la escritura de una donación hecha el día 3: y mayor inconveniente sería reducir la escritura a cualquiera otro de aquellos años inmediatos en que la solemnidad de la Pascua estuvo más distante de su fecha. No va copia de este documento por hallarlo ya publicado en la Marca Hisp. (ap. num. CCXXXIII.) aunque por lo que dije mal adelantado al año 1047. Las parias que aquellos condes recibían ex partibus Hispaniae, eran los tributos que les pagaban los moros para no ser molestados en la posesión de lo que ocupaban. 

Así fuera tan fácil explicar, ya que hablamos de ello, qué eran las parias que el conde de Urgel Ermengol VI debía percibir de rege et regina Legionensis civitate, cuya décima dio al monasterio de S. Saturnino de Tabernoles, junto con todos los diezmos que percibía in Castella, et in Campis, et in Estrematura, et in Asturiis. Irá copia de esta donación, que es del año 1109, cuando se trate de los condes; y sólo la he recordado por su curiosidad, y porque vino a cuento.

Volviendo ahora al hilo de nuestra narración, sabemos que en el año 1050 consagró nuestro obispo dos iglesias, la de S. Juan in castro Castello, (es como decir castillo castillo; Castelló, Castellón y variantes) y la de la villa de Perles, dedicada a S. Román. Ambas escrituras he visto originales; la última en el archivo de la colegiata de Orgaña (Orgañá, Organyá), fecha IIII. Idus Novembris; en ella se manda que el sacerdote que regentase dicha iglesia de S. Román, faciat duas pernas episcopo. = El año siguiente 1051 consagró la iglesia de S. Martín de la villa de Kabrils, (Cabrils) estando presente el conde Seniofredo de Urgel que firma la escritura; de la cual tomé esta sola nota tiempo atrás, cuando no sabía aún la novedad que causa este conde Seniofredo en la cronología de los de Urgel, en un tiempo en que no hay otro rastro de tal cosa. Me confirmo en que todos los anticuarios debían ver segunda vez los mismos archivos al cabo de diez años de haberlos registrado bien. El año 1055, a 27 de Septiembre, se hallaba este prelado en Narbona asistiendo al concilio que celebró su hermano el arzobispo de aquella iglesia, y fue uno de los padres que subscribieron a la sentencia que allí se dio a favor de la iglesia de Vique, la cual se conserva original en su archivo, como se dijo en su debido lugar (a: V. tom. VI, pág. 197.). Dos años después hallo que consagró la iglesia de S. Félix, S. Juan y S. Pedro in castro Alós, y la de S. Saturnino in valle Lordensi in villa de Petra de Sogar. = En el año 1063 se supone que asistió al concilio de Jaca; de lo cual habla el cardenal Aguirre en su colección. = A 12 de Abril de 1065 asistió a la donación que Sancha, última mujer (y no conocida) del conde de Urgel Ermengol III, hizo a la iglesia de S. Pedro de Ager. Escritura curiosa, de que se trata ya en la historia de aquella colegiata (b: V. tom. IX, pág. 126.). También se halló en el concilio de Gerona de 1068, presidido por el cardenal Hugo Cándido, del cual se hablará en su lugar. En el año siguiente de 1069 consagró la iglesia de Sta. María de Mur, fundada por los condes de Pallás, Raimundo y Valencia. De esto se dirá también a su tiempo. Curiosa es la escritura que nos queda de este mismo año (VIIII del rey Felipe) a 13 de Mayo, en la cual se nos ha conservado noticia de que un Bernardo Juan, infractor de la tregua de Dios por haber cometido un homicidio, fue desterrado, según los cánones, por nuestro obispo a países ultramarinos: y no pudiendo pasar el mar ni dejar abandonadas sus posesiones, implorada la misericordia, se le conmutó la pena en peregrinación a Roma y a Compostela, y en algunas donaciones a la canónica de Urgel. Va copia de este documento (a: Apend. n. XXXV.). 

Al año 1070 pertenece la consagración de la iglesia de Solsona que hizo nuestro obispo con su hermano el arzobispo de Narbona. Suceso ruidoso por los portentos que en esta ocasión supone obrados un breviario de aquella iglesia, de que se habló en su debido lugar (a: V. tom. IX, pág. 51 y 224.). Entre varios que costearon la fábrica de aquel templo, dícese allí mismo que fue uno de los primeros nuestro obispo. Y no debía este obrar de otra manera, puesto que ya desde el año 1055 poseía el castillo de Solsona, por donación que a él y a su iglesia hicieron los condes de Urgel Ermengol III y su mujer Clemencia. Dejo aparte algunas otras memorias de su existencia hasta el año XIV del rey Felipe, 1073 de Cristo, una de las cuales es el homenaje que le hicieron los vecinos de Turrefracta a VII de los idus de Octubre de dicho año, que está en el archivo episcopal. Vengamos a examinar las que nos quedan de su muerte, la cual fijan en el año 1075 varias notas o sean episcopologios antiguos de esta catedral, y un cronicón inédito de Ripoll que dice así: anno MLXXV. obiit Guillermus Guifredi, episcopus Urgellensis. Lo mismo consta del necrologio de la iglesia de Solsona, y también el día y circunstancias de su muerte, y traslación de su cadáver. Dice así: In hoc die (24 de Enero) interfectus fuit dominus Guillermus, venerabilis praesul Urgellensis, in comitatu Pallariensi, a prophanis hominibus; atque corpus eius inde evectum, et in propria sede honorifice tumulatum II. Kal. Februarii, era M.C.XIII. Esta era corresponde al año de Cristo 1075, a no ser que así el cronicón como el necrologio contasen el año de la encarnación como era aquí común; en cuyo caso diremos que también mudaban la era con el sobredicho año, y que el de la muerte del obispo fue el de 1076 según nuestra cuenta. Otra prueba hay mucho más cierta de haber sido su muerte violenta; y es una escritura fecha cinco años después en el de 1080, en que el conde Ermengol IV restituye a esta iglesia todos los castillos, cuya posesión había pedido a este clero, luego que supo que praesul Guillermus suorum manu persecutorum est interemtus. De este documento se hablará en el artículo siguiente. No nos consta la causa de este asesinato; mas acaso fue una consecuencia de otro cometido algunos años antes, y atribuido a nuestro obispo. De esto nos informa una escritura que vi original y copié (a: Apend. n. XXXVI.) en el archivo del duque de Cardona en Barcelona, y es una concordia o como llamaban conveniencia entre nuestro obispo de una parte, y de otra Raimundo Folch, vizconde de Cardona, y su madre Willa o Guilla. Este vizconde era hijo de Folch o Fulco (hermano del obispo Eriballo), muerto violentamente, como ya dije con más extensión en la genealogía de estos primeros vizcondes de Cardona (b: V. tomo VIII, pág. 162.). Alguna enemistad personal o de familia debía haber en esto (N. E. ¡qué va, hombre! si los catalanes se llevaron muy bien entre ellos, ni siquiera se insultaban), cuando se creyó que nuestro obispo pudo haber sido el homicida de Fulco, y cuando tuvo necesidad, como digamos, de purificarse de esta sospecha por medio del juramento y del duelo. Convenit, dice esta escritura, predictus episcopus ad supra scriptum vicecomitem et vicecomitissam, ut iuret supra sacro altario manu propria, aut per suum militem, quia predictus episcopus non interfecit Fulconem vicecomitem, neque inconbravit manibus propriis ad mortem. Et si fecerit hoc sacramentum per suo militem, et supra scriptus Reimundus, et mater eius voluerint destornare ipsum sacramentum per batalla, non so debed (i. e. non renuat). Et si fuerit victus, emendet ipsam mortem predictus episcopus de supra scriptum Fulco vicecomite, sicut iudicatum fuerit a nobilioribus ominibus per usum. Et si supra scriptus episcopus fecerit praedictum sacramentum manu propria, predictus vicecomes et mater eius faciant finem cum predicto episcopo de mortem supra scripto Fulcone sine engan. Sigue la escritura expresando las entregas mutuas de castillos y rehenes, y otras condiciones y vínculos de aquella concordia; entre las cuales hay una en que el obispo se obliga a colocar en alguna dignidad de la iglesia a Fulco, hermano menor de Raimundo. = Esta preciosa escritura está sin fecha, como todas las de su clase; sólo hay una guía para señalarle época, aunque de extensión muy dilatada, y es la existencia del abad de Cardona Bernardo, uno de los rehenes (ostáticos) (hostatico : hostatge; hostage inglés) que entregó el vizconde al obispo, el cual se sabe que vivió desde 1053 hasta el 1070. También debe tenerse por anterior al año 1068, en que sé que Fulco era ya arcediano de esta iglesia: dignidad que el obispo le dio en cumplimiento de lo estipulado. Y de esto no digo más; bástame haber apuntado la noticia de estas desavenencias, que acaso no se cortaron con la sobredicha concordia, y al fin pudieron producir la muerte violenta de nuestro obispo. Tiempo era aquel de piedad, y en que se respetaban las armas de la iglesia, y eran frecuentes las prácticas de devoción; y a pesar de todo eran tan repetidos estos y otros desórdenes en el clero y en el pueblo. Después de haber fijado la muerte de nuestro obispo en 1075 con la certidumbre que cabe en estas cosas, no debemos hacer caso de la equivocación con que la Marca Hispánica supone ya existente al sucesor Bernardo Guillem en el año 1069, alegando la escritura de fundación del monasterio de Sta. María de Gualter, hecha por el conde Ermengol, IIII. Idus Iunii, anno VIIII. regni Philippi regis (ibid. ap. n. CCLXXV.), ya porque allí mismo (n. CCLXXIV.) se afirma que Guillermo sobrevivió a esta época, y le supone existente como obispo seis meses y medio después, a fines de Diciembre del año X del mismo rey; ya principalmente porque en dicha escritura se menciona Bernardo abad de Ripoll, a quien quedó sujeta la nueva casa; y este Bernardo fue el primero de los abades marselleses que gobernaron a Ripoll, lo cual no se verificó hasta después del año 1070, como se demostró en su lugar (a: Tom. VIII, pág. 12.). Es pues preciso decir, que la fecha de dicha escritura de fundación está diminuta faltando en ella una X, de modo que debe ser del año XVIIII de Felipe y 1079 de Cristo. Basta de obispos para hoy y para algunos días, que cierto digo que estoy cansado de tratar estas cosas. Para desempalagar echaré mano de algún bocadillo curioso que regalarte en el correo que viene. A Dios.

CARTA LXXXII. Continúa el catálogo de los obispos de Urgel, desde fines del siglo IX hasta principios del XI.

CARTA LXXXII. 

Continúa el catálogo de los obispos de Urgel, desde fines del siglo IX hasta principios del XI. 

Mi querido hermano: Desde hoy irán ya las cuentas más claras, digo, las de los obispos de esta iglesia, por ser mayor el número de escrituras que nos quedan desde la entrada del siglo X. Y aunque esa misma abundancia aumentará mi trabajo, también será mayor el placer de encontrar más atinadamente la verdad. Continuando pues la serie de nuestros obispos, a Ingoberto sucedió 

NANTIGISO 

desde antes del año 900 hasta 914. 

En el año 897 se celebró un concilio en Porto, territorio de Nimes, al cual no asistió el obispo de Urgel, acaso por estar vacante la sede; a no ser que fuese enviado suyo un Nantigisus archipraesbyter, que subscribe entre otros. En tal caso diríamos que era el mismo que poco después fue hecho obispo, aunque sus memorias no comienzan aquí hasta el año 900. En este año dedicó la iglesia del monasterio de Matta, sito en el territorio de Cardona, a ruegos de su abad Sunila. Existe en este archivo la escritura original, que irá copiada otro día, cuando se hable de los monasterios antiguos, y para lo de ahora no contiene cosa notable más que la fecha en el exordio de ella, que dice así: Anno incarnationis Ihesu Christi DCCCC., idus Decembris, anno II. regnante Karulo gloriosissimo rege, venit &c. De donde se infiere lo que otras muchas veces tengo observado en mis viajes, es a saber, que los años del rey Carlos el Simple se contaron en este país frecuentemente, no desde el año 900 como dice Marca, sino desde la muerte de Odón en 898, y que desde entonces fue tenido por rey en la Septimania y en la Marca Hispánica. Lo mismo se infiere de la escritura original que hallé en el monasterio de San Pedro de la Portella (a: V. tom. VIII, pág. 108.), que es la consagración de las iglesias de Santa María, San Saturnino y S. Hilario del lugar de Lacorre, las cuales dice que antes fueron ecclesiae idolorum. Estas iglesias consagró nuestro obispo (llamado allí Nangecitissus), anno ab incarnationis dñi nri Iesu Christi nongentesimo, era nongentesima XXXVIII, anno II. regnante Karolo rege. Lo mismo prueba otra dedicación de la iglesia de S. Julián de Canavita del año 901. Era este el tiempo en que comenzaban a extenderse las conquistas de los cristianos en los condados pertenecientes a esta diócesi, y los fieles en medio de su pobreza iban restaurando las iglesias destruidas, y edificando otras, y dotándolas de rentas, ornamentos, libros y otras cosas necesarias al culto divino. Nuestro obispo acudía a todo con su autoridad, confirmando aquellas fundaciones según la disciplina de la iglesia. Esta es la causa de hallarse tantos instrumentos de esta clase, que aunque no añaden cosa particular a lo que ya sabemos de aquel tiempo, me han servido bien para fijar algunas épocas de este pontificado. Así hallo en escritura original la dedicación de la iglesia de S. Jaime de Frontiñá, hecha por este obispo anno incarnationis dñi nri Iesu Christi D.CCCC.V, XII. Kal. Iulii, anno VIII. regnante Karlo rege, post obitum Odonis regis, praesente Wifredo comite, et Mirone comite, et nemo dicat multitudinem abbatum &c. Estas noticias y otras que se dirán, vienen grandemente para mis condes de Urgel. Aquí también se contaron los años del rey Carlos desde el 898. = Antes de cumplirse el mes de este acto, es a saber, a 14 de Julio del mismo año 905, le hallamos consagrando la iglesia Sanctae Mariae in territorio Bergitanensi, in locum vocitatum villa Hichila, in valle Roseto, in parroechia Sancti Iohannis Baptistae... non eam constituens parroechiam, neque ad decimas recipiendas, sed locum oratorii, et ad sacrificium celebrandum, in subiectione Sancti Iohannis, et sacerdotis ibi ministrantis. = En el monasterio de Serrateix se conservan las actas de la consagración de la iglesia de S. Martín de Aviá: in loco, dice, de Avizano, qui actenus absque ecclesia extiterat, et nuper a condam proienitore meo domno Wifredo illustrissimo marchioni... est edificata. Habla aquí el conde Mirón, que es quien rogó a nuestro obispo que consagrase la dicha iglesia. Hízolo con la obligación ut semel in anno persolvatur Synodus. La fecha es: facta dote anno incarnationis dominice DCCCC.VII., indictione X., anno VIIII. regnante Carlo rege. = El mismo año día 20 de Enero, y a instancias del mismo conde, había consagrado la iglesia de S. Pablo de Castriserra, construida también por el difunto Wifredo. Esta escritura está en la Marca Hisp. (apend. núm. LXIII.) Estas y otras ocupaciones no le estorbaron asistir en el año 906 al concilio de Barcelona, y en el 907 a la continuación de él en el monasterio de S. Tiberio, diócesi de Agde: en los cuales se trató el negocio del censo anual de una libra de plata, que la metrópoli de Narbona exigía de la iglesia de Vique, cuyo obispo Idalcario fue por último absuelto de tributo tan injusto. Bien te acordarás que desde Vique (a: V. tom. VI. pág. 123.) envié nueva copia de las actas de estos concilios, que allí se guardan originales, y donde se ve que Teodorico, obispo de Barcelona, asistió también al concilio de S. Tiberio: cosa que negó Balucio en la Marca Hisp. col. 378. = Asimismo se halló nuestro obispo en Gerona en 908 en el acto de la intronización de Wigo, obispo de aquella iglesia, como se dirá en aquel viaje. = También se halló en otro concilio que Arnusto, metropolitano de Narbona, congregó el año 909 in regno Septimaniae, territorio Magalonensi, loco Iuncarias (Junqueras, Junqueres) vocato (ibid. col. 92). Mucho más interesante era para nuestro obispo otro concilio tenido en 911, como que fue convocado por su causa, y en defensa de los derechos de su sede. Fue así que había ya 23 años que Adulfo presidía en todo el condado de Pallás, como su propio obispo, o bien porque el intruso Sclua quiso erigir de nuevo aquella sede, deseoso de extender los fueros de metropolitano, que según dicen se arrogaba, o bien por otras causas que ignoramos. Las actas del concilio de que hablo ahora dicen que Adulfo confesó que ignoranter eam (sedem) tenuit. Cualquiera que fuese el origen del nuevo obispado, es cierto que estaba en territorio consignado al de Urgel desde su primitiva dotación en 819. Y este derecho procuró reclamar Nantigiso antes que se cumpliesen los 30 años, término de prescripción fijado para estos casos en el canon 17 del concilio Calcedonense. Para decidir este negocio, el metropolitano Arnusto juntó concilio en la villa de Fontcuberta, territorio de Narbona, año de la Encarnación 911, indicción XIIII. Halláronse en él los obispos Nantigiso de Urgel, Wimara (Guimerá, como el editor de esta colección ) de Carcasona, Armanno de Tolosa (por el cual en las subscripciones firma el abad Savarico), Teuderico de Barcelona, Wigo de Gerona, Gayrardo de Agde, Teuderico de Lodeve, Adulfo de Pallás y Benito de Freius, con algunos abades y vicarios de los obispos ausentes, uno de los cuales fue Idalcario, obispo de Ausona, por quien subscribió el presbítero Adalbaldo. Allí se decretó a favor de nuestra iglesia, permitiendo que Adulfo poseyese aquel obispado Pallariense mientras le durase la vida, con tal que muerto él se reuniese su territorio a la sede de Urgel. Y aunque sea verdad que a pesar de este decreto se mantuvo separada dicha sede de la de Urgel, continuándose la serie de los obispos Pallarienses en la iglesia de Roda, que es todo lo que puede pretender el P. D. Jaime Pascual (disert. del ant. obispado de Pallás), de lo cual se hablará en su debido lugar: pues digo que o bien se considere Roda como sede sucesora de la de Pallás, o como obispado erigido de nuevo; lo cierto es que este decreto conciliar debe mirarse como la base del derecho o prerogativa cuasi metropolítica, que en los años adelante ejerció Urgel alguna vez sobre Roda, y como el motivo de las quejas del obispo Eriballo y otros, que se dirán en los artículos respectivos. He copiado las actas de este concilio tal cual se hallan en este archivo (lib. I. Dot. fol. 183), por las cuales se ve la equivocación de algunos de nuestros insignes escritores, que fijaron este concilio en el año 940, cuando ya no existía ninguno de los prelados que se hallaron en él (a: Apend. n. XIV.). Con uno de estos historiadores topó el P. Masdeu (Hist. crit. de Esp. tom. XV. pág. 228), y dejando en el tintero a los demás que refirieron la verdad, y haciendo hincapié en la nulidad de una circunstancia que ese refiere, bastole ya para decir que el tal concilio es apócrifo, inventado por una mano francesa. Halló, digo, en el P. Mariana (Hist. de Esp. lib. VIII. c. 5) que este concilio se celebró en tiempo de Seniofredo, conde de Urgel. Y cierto que Mariana, supuesto el error de que el concilio fue en 940, no se equivocó en decir lo otro, porque en ese tiempo ese era el conde. Tampoco se equivocó en llamarle Seniofredo; porque Suniario y Seniofredo son un mismo nombre (Sunyer), y no sé entender cómo un historiador catalán reprenda por ello a un castellano. Pero dejemos esto. Masdeu da por apócrifo el concilio aun en 911, porque tampoco entonces era conde Suniario. ¿Y quién halló Masdeu que lo dijese? Mariana, el único a quien impugna, dijo que lo era en 940. Sin embargo, supongamos que dijese que lo era en 911, y que lo digan otros y otros. Porque eso sea falso, ¿será apócrifo el concilio? ¿No es una circunstancia bien extrínseca de ese hecho la coexistencia del conde, que no se mezcló ni influyó en él? ¿Y no es todavía más extrínseco el que eso lo digan los que viven tantos siglos después? Aun si eso indicaran las actas del concilio, o se hallara la noticia de ello en las grandes colecciones de Cossart, Harduino &c. &c.: si el extracto que nos da la Marca Hisp. y todos los historiadores franceses dijeran eso, estaría bien que Masdeu se ingeniara en desmentir la celebración del concilio por la falsedad de esa circunstancia. Mas nadie habla una palabra del conde, ni se menta para nada. La opinión particular de Mariana le bastó al crítico (N. E. critiquillo alucinado) para formar este argumento: es falso que en 911 fuese Suniario conde de Urgel; luego también es falso que se haya celebrado tal concilio. ¡Excelente lógica! ¿Adónde irán a parar tantos concilios españoles y tantos hechos insignes, de los cuales se duda si se verificaron en tiempo de tal rey o de tal papa? El caso es que el Sr. abate vio muy poco de esto que llamamos archivos. Y así puso la historia de su patria Cataluña cual digan dueñas. 

Suniario (créalo o no Masdeu) era conde de Urgel en 911. La prueba es clara. Suniario, hermano de Mirón, (ambos hijos de Wifredo el Velloso) heredó este condado por muerte del padre. Es así que Mirón en 907 afirma que era muerto su padre, como vimos poco ha en las dedicaciones de las iglesias de Aviá y de Caserras. Luego en 907 ya había heredado el condado de Urgel. También heredó entonces el de Barcelona su hermano Wifredo III (a quien Masdeu no cuenta entre aquellos condes), y este es el de quien habla el epitafio tan famoso de S. Pablo del Campo de Barcelona (no Wifredo el Velloso, que está enterrado en Ripoll y allí tiene su letrero): ese es el que hizo testamento, y murió en el año XIV de Carlos el Simple, dejando por albacea a nuestro Suniario. Y ya viste de mil maneras que la cuenta común de esos años en este país se tomó desde la muerte de Odón en 898; por donde su año XIV era el de 911 de Cristo. Luego Suniario era conde en ese año. Mas vuelvo a decir que esto importa nada. Ahí están las actas del concilio; ni en ellas ni en cuantos hablan de él, hay mención del conde. Y así es una necedad cuando menos echar mano del conde Suniario para impugnar el concilio de Fontcuberta. El cual es cierto y certísimo, así como lo es la jurisdicción metropolítica que tuvo de hecho la iglesia Narbonense sobre las nuestras mientras duró el cautiverio de Tarragona. Para impugnar verdades de tanto bulto como esta, no basta la cavilación ratera de un maniático. (N. E. En 2022 hay muchos más maniáticos, que además ni siquiera cavilan; muchos de ellos son doctores o catedráticos de universidad) Déjolo ya, y vuelvo a las memorias del obispo Nantigiso. Creo que en ese mismo año 911 ordenó su testamento el obispo de Vique Idalcario, en que nombró su albacea a Nantigiso. Y acaso la enfermedad de aquel obispo fue la causa de no hallarse en el citado concilio, donde subscribió por él el presbítero Adalbaldo. De esto hablé en mi viaje a la iglesia de Vique (a: V. tom. VI, pág. 125.). No perdiendo de vista Nantigiso la restauración de las iglesias de su diócesi, le hallamos de nuevo ocupado en la dedicación o consagración de ellas en el año XV del rey Carlos, 913 de Cristo. Estas dos épocas acotadas en los cuatro documentos originales que voy a citar, existentes aquí, son una prueba convincente de lo que antes decía, que lo común por acá era contar los años de este rey, no desde el año 900, como afirma Marca y otros, sino desde el 898. Consagró pues en dicho año la iglesia de Santa Eulalia del lugar de la Torre, a instancias del conde Suniario (cartoral de S. Saturnino de Tabernoles). = Otra también de Santa Eulalia consagró día 3 de Junio en la villa de Salagosa en la Cerdaña in pavo Leovense. = Item: allí mismo la de S. Jaime de Estullo (Estoll), día 3 de Julio. = Por último a 3 de Diciembre la de S. Pedro de Escales, que había construido Magnulfo, sacerdote, ut regulariter, dice la escritura, secundum patris nostri Benedicti statuta Dei servi ibi vivere potuerint, ut sit monasterium, et locus monacorum. No se logró este objeto por entonces hasta el año 960 en que era obispo Wisado II, como se dirá otro día; entretanto la iglesia quedó servida de canónigos. No está averiguada la época de la muerte de nuestro obispo. Hay quien la supone anterior al año 912: opinión desmentida con lo dicho hasta aquí. A mayor abundamiento va copia (a: Apend. n. XV.) de la escritura con que se reunieron al monasterio de S. Saturnino de Tabernoles algunos otros, cuya observancia había decaído; lo cual se hizo a instancias del obispo Nantigiso, que firma en el instrumento: su fecha es de XII de las Cal. de Abril, año 914 de Cristo, XVI del rey Carlos, indicción 11 (o II): cómputos que cuadran perfectamente entre sí, y prueban que a 21 de Marzo de 914 vivía aún este prelado; a no ser que los años de la Encarnación se tomasen con todo rigor (cosa que entonces no hacían todos los notarios); porque si así fuese, debíamos suponerle vivo a 21 de Marzo de 915. Mas yo me atengo a que los años de Cristo se contaron allí por años Julianos. Muéveme a esto el ver que en el decreto de elección de Jorge, obispo de Vique, hecha a 17 de Junio de 914, en que se nombran los obispos de todas las iglesias de Septimania y Marca Hispánica, cuyo consentimiento se solicitó para aprobar dicha elección, no se menciona a nuestro obispo ni a su sede. Es de sospechar que estuviese vacante con la muerte de Nantigiso verificada en los días que van desde el 21 de Marzo hasta el 17 de Junio de 914. Por la misma causa tampoco mentó aquella escritura al sucesor Rodulfo (a: V. tom. VI, pág. 128.). Esto es lo que se pudo averiguar en este negocio. El catálogo impreso pone por sucesor de Nantigiso, a un Engilberto, el cual dice que murió hacia el 926. No me detendré en impugnar a quien no da prueba alguna de lo que dice, y cuya falsedad y despropósito harto quedará demostrado con lo que se dice del obispo sucesor. 

RODULFO 

o Radulfo, o Raudulfo, o Ranulfo 

desde 914 hasta después de 940.

Este es el obispo a quien el P. M. Flórez (Esp. Sag. tom. XXVIII.) atribuyó la silla de Vique, cuya equivocación quedó demostrada en el viaje a aquella iglesia (a: V. tom. VI, pág. 147 y 151.), de lo cual no repetiré aquí cosa alguna. Era hijo del conde de Barcelona Wifredo II, apellidado el Velloso, el cual en 888 le ofreció al monasterio de Ripoll para que fuese educado por el abad Daguino. Tengo para mí que no hizo allí profesión de la vida monástica; y esta es la causa por que antes de subir al obispado, cuantas escrituras hablan de él, sólo le dan el título de presbítero. En el archivo de la catedral de Vique (arm. X. n. 44) hay una de venta de esta manera: Ego Bonemirus, et uxor mea Ermesinda vinditores sumus tibi Radulfo PRAESBITERO, filio Wifredo comite. Su fecha: IIII. Kal. Septemb. anno XI. regnante Karulo rege post hobitum Odoni regi, que es 908 de Cristo. No cabe duda en que este Rodulfo fue el inmediato sucesor de Nantigiso, aunque no consta el tiempo de su elección. Mas en el viaje citado se demostró por memorias indubitables que ya gobernaba esta sede en 919 y los dos siguientes. Consta también lo mismo del año 922 en la confirmación de los privilegios del monasterio de Alaon, hecha por Lupo Asinario, vizconde de Sola y señor de Barravez, la cual publicó el P. Pascual en la disertación del obispado de Pallás (pág. 78). Esto solo bastaba para evidenciar el desconcierto del episcopologio impreso, que pone a Rodulfo electo hacia el año 942, contándole después del sucesor Wisado II. Pero hay más. Del año 930, último día de Abril, nos queda en este archivo la escritura original con que este obispo consagró las iglesias de Santa María, Todos-Santos, S. Pedro apóstol y S. Miguel en la villa de Ezerre, a ruegos de un presbítero llamado Hictor (a: Debo confesar aunque con dolor que sin saber cómo se extravió la copia que saqué de esta escritura original; la cual no hice más que indicar en la relación que iba ordenando al tiempo de registrar este archivo de Urgel, contando que después se examinaría más despacio este documento. Posteriormente entre los papeles de Don Jaime Pascual, canónigo Premostratense de las Avellanas, vi copia de una inscripción relativa a este suceso, hallada en 1748 en la parroquial de S. Genís de Err, la cual pondré aquí para suplir en parte mi descuido o lo que sea. Dice así: Dominice incarnationis anno DCCCC.XXX. Inditione IIII. veniens vir reverentissimus domnus Radulfus sanctae Urgilitanensis ecclesie presul in villa Ezerre per interventum hacsi indigno Hictore presbitero: ibique consecravit eccles. Sancte Marie semper virginis, et omnium sanctorum, Sancti Petri apostoli, et omnium apostolorum, et Sancti Michaelis arcangeli. Ipso anno obiit Radulfus P... Oddone. II. Kals Madii. +. El año 930 y el día último de Abril están conformes con la escritura original; en la cual no sé qué indicción se notaba. La de aquí está errada, porque era la III. El Rodulfo que aquí se dice muerto en ese año, no era nuestro prelado ni el intruso rey de Francia de ese nombre. Acaso sería algún bienhechor particular de dicha parroquia.) En el año 935 asistió a la segunda consagración de la iglesia del monasterio de Ripoll en tiempo de su abad Ennego; lo cual consta en muchos lugares de la Marca Hisp., donde lo pudo ver el que ordenó el catálogo impreso. En 940 Miro y su mujer Matildis vendieron a nuestro prelado unas casas en la villa de Nicolone del condado de Urgel. Existe aquí el original de esta venta, fecha III. nonas Martii, anno V. regnante Leudevico rege filio Karloni, que es Luis el llamado Ultramarino. Balucio (Marca Hisp. col. 392.) supone vivo a este obispo en el año 948. Mas esta equivocación se debe corregir por lo que escribió él mismo (col. 391), poniendo antes de ese año existente al sucesor Wisado. Por otra parte he visto aquí escritura del año XIII del mismo rey Luis, que es el 948, en que se supone ya difunto Rodulfo, y en que sus testamentarios, cumpliendo algunas mandas suyas atrasadas, hacen ciertas donaciones a esta iglesia y a Santa María de Uri. Estas son las únicas memorias que he podido recoger de este ilustre prelado, cuya escasez me admira mucho, habiendo gobernado la iglesia, no 8 años como dice el catálogo impreso, ni 16 como dice el MS. de Gerri, sino 26 cuando menos, que son los que van desde 914 hasta 940. Mas a esta última época es cierto que no sobrevivió mucho, como se verá en el artículo siguiente. Por último repito lo que ya dije el correo pasado que la bula de León VII del año 938, dirigida entre otros a Wisado, no es de este año, sino posterior. Y así cesa el motivo que tuvo el catálogo para quitar esos años al pontificado de Rodulfo. Puedes ver lo que te escribí desde Vique (a: V. tom. VI, pág. 137 y sig.). 

WISADO II 

desde antes del 942 hasta después del 978. 

A la escasez de memorias del obispo anterior sigue, como acontece en otras cosas humanas, una mies copiosísima de noticias de este prelado, que iré dando lo más concisamente que pudiere. Nadie niega que hubo aquí dos obispos Wisados; y si alguno lo negara, bastaríale, entre otros documentos que se han dicho y dirán, la sentencia que en 1024 ganó esta iglesia contra Durando, abad de Santa Cecilia, deque se hablará más adelante; en la cual numerándose los privilegios concedidos a los obispos Urgelenses, cuentan entre estos a dos Wisados priscus et modernus. Mas el daño está en la dislocación de sus pontificados puestos en la mitad del siglo X, en la cual incurrió el catálogo impreso, como dije, engañado con la bula atribuida a León VII en el año 938, donde halló memoria de un Wisado, a quien siguió Rodulfo, y a este el otro Wisado. Mas esto está ya dicho. Vengamos a lo de ahora. Sé que Wisado II tenía dos hermanas llamadas Elo y Auria; las cuales le vivían siendo ya obispo en el año XX del rey Lotario (975), cuando vendieron a Wadaldo, vizconde y obispo, una villa llamada Canale: porque entre los lindes de ella señalan las tierras de fratrem meum nomine Wisado episcopo. Esta escritura está en el archivo del abad de Cardona, y va copiada (a: Apend. n. XVI.). También consta que era sobrino de Salla y Ricardis, fundadores del monasterio de Bages. Y esto es lo único que sé de su alcurnia. Comenzó su pontificado lo más pronto en el año 942. En el siguiente (VIII de Luis Ultramarino) hizo donación de un molino a esta iglesia. En 947, a 13 de Abril, dio al monasterio de S. Pedro de Roda la iglesia de Ulceia en la Cerdaña. Esto dice Balucio (Marca Hispan. col. 391); y allí mismo publica la escritura que de ello se hizo (ap. n. LXXXII.); y luego a renglón seguido pone a Rodulfo obispo en 948, consagrando la iglesia de S. Miguel de la villa de Pontes. Este es un verdadero descuido. Porque cierto es que el Wisado del año 947 era el mismo que allí se dice existente en 951 (col. 393). Y así es equivocado el Rodulfo intermedio del 948. Cuanto más que aún en este último año consta la existencia de Wisado por un instrumento original que he visto en este archivo episcopal, y es la escritura en que Soniario, abad de un monasterio qui est situs in comitatu Carcasense super fluvium Hurbione (era el monasterio de la Grasa) hizo al obispo Wisado la venta de un alodio en el término de la villa de Novas: su fecha XIII. Kal. Aprilis, anno XII. regnante Lodovico rege, que es puntualmente el 20 de Marzo de 948. Otro hay también original en el archivo capitular del día 30 de Enero del año siguiente, y es la consagración que este mismo obispo hizo de las iglesias de S. Miguel, S. Pedro y S. Andrés del lugar de Paradiso en el condado de Cerdaña. Del mismo año 949, indicción VII, año XIII del rey Luis, es la dedicación que hizo de la iglesia de S. Cristóbal, junto al castro Salinuas; la cual destruida por los moros, fue reedificada por Gulfino y Melandro, que eran abades del monasterio de Santa Cecilia de Elins, los cuales le dan varias posesiones y alhajas del culto por remedio de sus almas: sive, dicen, et de Suniefredo comite, qui fuit condam, (noticia muy curiosa para fijar la época de la muerte de este príncipe) imponiéndole la obligación siguiente: et per singulos annos reddat ad Sancta Maria sedis Orgellitensis argenzadas de cera in episcopali censura, et concilium sinodalis, et crismam acceptionis. Todo esto confirmó nuestro obispo en la curiosa escritura que hallé copiada entre los papeles del P. D. Jaime Pascual, donde se nota que el original estaba en poder del doctor Cluet de Oliana (a: Apend. n. XVII.). Dos años después logró del papa Agapito II la bula de confirmación de los bienes de su iglesia, la cual trae la Marca Hisp. (ap. n. LXXXVIII.). ¿cómo pues tendrá lugar Rodulfo en estos años intermedios desde el 947 hasta el 951? En el 952 le hallamos dedicando y confirmando la dotación hecha por el conde Borrell a la iglesia de S. Félix mártir y S. Martín del lugar llamado Ciudad, poco distante de esta de Urgel, donde nuestro obispo puso un sacerdote llamado Seniofredo, a quien dio libros, ornamentos &c. Existe la escritura en el cartoral muchas veces citado del monasterio antiguo de San Saturnino de Tabernoles. Su exordio es este: anno dominicae trabeationis DCCCCLII, indictione X, sub anno XVII. regis Ludovici, veniens reverentissimus Guisadus sanctae Urgellensis sedis opilio in locum nuncupandum Civitate &c. Así la indicción como el año de Luis cuadran bien con el de Cristo 952. De ese mismo año, a 15 de Julio, es el testamento que hizo este prelado hallándose en plena salud, cuya copia está en el lib. I. Dotal. Otro hay allí mismo hecho dos años antes. Nada contienen estos documentos de que pueda servirse la historia. En el año 960, a 6 de Noviembre, hallándose el obispo en la ciudad de Sidona del condado de Urgel, que acaso será Isona, junto con el conde Borrell, erigió en monasterio y abadía de la orden de S. Benito la iglesia de canónigos de S. Pedro de Scalas, que el antecesor Nantigiso había consagrado para el mismo objeto, y quedó sin verificar por entonces. El nuevo fundador era un sacerdote llamado Francemiro, el cual no quiso aceptar el honor de primer abad con que le brindaba nuestro obispo. Y convocando después en Urgel una numerosa junta de abades, propuso y fue nombrado para aquella dignidad el presbítero Bello, a quien nuestro obispo consagró en abad de la nueva casa, dotándola con la iglesia Sancti Mametis (San Mamet, Mamed), y con varios libros y alhajas; de todo lo cual dará razón la copia que enviaré de este documento cuando se trate de los monasterios antiguos ya suprimidos de esta diócesi. Hízose esto VIII. Idus Novembris, anno ab incarnatione DCCCC.LX, era DCCCCXCVIIII, Indictione V, anno VII. regnante Leutario rege. La era 999 es la correspondiente al año 961; pero los notarios la solían anticipar desde el mes de Septiembre mudándola con la indicción. Mas ni aun así era la indicción V, sino la IV. El año de Lotario se contó desde el 10 de Setiembre de 954 ea que murió su padre. Advierto que en el instrumento ya suena arcediano de esta iglesia Salla, que sucedió en el obispado. En 962 hallamos al mismo Wisado consagrando o mejor reconciliando la iglesia de S. Saturnino in comitatu Orgellitense, in pavo Lordense, in locum vocitatum Castro Petra fulgenti; quae ecclesia olim fuit constructa vel dedicata per dedicationem domni Wisadi bonae memoriae praesulis Sanctae Mariae: et nunc hodie per effusionem sanguinis, et homicidium quod interea perpetrarunt homines circum manentes loci illius, est baselica ventura (f. vetitura, vetita), et domus Dei destructa. En estas palabras se ve de nuevo la distinción de los dos obispos Wisados; y que el primero de ellos fuese anterior al siglo X puede inferirse de las siguientes, en que numerando algunas dotaciones antiguas de la misma iglesia, dice: Et in qualicumque loco vel territorio decimae vel primiciae ad ipsa ecclesia Sancti Saturnini aput LX. annis retro ocurrit, stabilio, atque confirmo. Si en el año 962 se contaban ya sesenta de posesión de las décimas y primicias, Wisado el viejo, que con ellas había dotado esta iglesia de S. Saturnino, no pudo ser posterior al obispo Nantigiso, ni vivir en 938 como dice el catálogo impreso, sino que debe ser anterior al siglo X, como se dijo y demostró en su artículo. Falta ahora la fecha de esta escritura, que dice así: IIII Kal. Decembris, anno incarnationis domini nostri Iesu Christi DCCCCLXII, era DCCCC.XC.XI, indictione VI, anno VII, regnante Leutario rege Ludoico subole. Ya dije poco ha que los notarios solían, según la costumbre de los emperadores, comenzar a contar en 1.° de Septiembre la indicción que correspondía al año siguiente, y junto con la indicción mudar también la era española. De esto hay muchos ejemplares en este país. Por ello en la presente escritura del año de Cristo 962 se escribió la era 1001, (o como se le antojó al notario novecientas noventa y once) y la indicción VI: notas que sólo corresponden al año 963. En los años de Lotario omitió una I, porque realmente el año 962 era el VIII de aquel rey cuando menos. Esto digo ateniéndome a lo que ahora pensamos y entendemos de la cronología de esos reyes. Mas temo que el notario no se descuidó en ello, sino que muy de propósito atrasó la cuenta de los años de ese rey. Porque hay varios ejemplares de eso por acá, en particular en la historia del monasterio de Serrateix, que entonces era de esta diócesi, hay dos escrituras muy solemnes y de grande importancia, en que no cabía esa clase de omisión que digo, y ponen también esa cuenta atrasada (a: V. tom. VIII, pág. 122.). Todo esto prueba la necesidad de reunir en un punto de vista las observaciones que voy haciendo sobre la cronología de los reyes de Francia, aplicada a la diplomática de Cataluña. Veremos si llega la hora. Ese mismo atraso que decía hallarás en la escritura que va adjunta (b: Apend. n. XVIII.) copiada de un traslado antiguo de esta iglesia: donde consta que en el año 967 se halló este obispo en el lugar llamado Pino Sancto, entre los condados de Urgel y de Cerdaña, junto con los condes Seniofredo de Barcelona y Oliva de Cerdaña, y Deilano y Bernardo vizcondes, y todos los arcedianos de esta catedral, entre ellos Salla, que después fue obispo. El objeto de este congreso fue dotar el monasterio que allí debía haber, cuyo abad Seniofredo se quejó que no tenía en aquel territorio casa ni posesión, por la cual estuviese obligado a ir al sínodo. Remediaron los condes esta pobreza con la donación de la iglesia de S. Vicente &c., la cual nuestro obispo confirmó con su clero. Pues en esta escritura dijo el que la autorizó que el año 967 era el XI de Lotario, cuando a nuestra cuenta debió escribir el XIII. Dejo de decir otras memorias del mismo obispo hasta el año 970, por ser de poca entidad.En el de 972 a 3 de Diciembre asistió con los obispos Froya de Vique, y Pedro de Barcelona a la solemne consagración de la iglesia del monasterio de Bages, cerca de Manresa, cuyas preciosas actas publicó la Marca Hisp. (apend. núm. CXII.); algo más se dijo cuando se habló de aquella casa (a: V. tomo VII, pág. 204.). Nuestro obispo era sobrino de sus fundadores Salla y Ricardis. - El mismo año (XIX de Lotario) a 10 de Enero dio a Mirón un alodio in villa que vocant Navazaeso (acaso hoy Navés). La escritura original vi en el archivo de Solsona. Por este tiempo andaba la revuelta sobre jurisdicción metropolítica de esta provincia Tarraconense, cuyos condes extendiendo poco a poco sus conquistas, comenzaban ya a mirar con rubor que sus obispos reconociesen por metropolitano al de Narbona. Así es que casi al mismo tiempo que Atón, obispo de Vique, logró para sí el honor del palio, como arzobispo de Tarragona, Cesario abad de Santa Cecilia en Monserrate, aspiró a la misma dignidad. Masdeu se burla del concilio Compostelano, donde dicen que fue promovido a ella. Y sea en hora buena fabuloso el tal concilio, lo que yo digo es que el arzobispado de Cesario es cierto, cualquiera que fuese su origen, como consta de varios documentos que ya te envié (a: V. ibid. pág. 166.). Con lo cual lo debe ser también que nuestro obispo Wisado, como todos los demás de acá, se opusieron a la ambición de aquel abad. En esto acaso pudo tener más lugar la costumbre de pertenecer de hecho a la provincia Narbonense, que los celos en mirar a un igual o inferior elevado a puesto tan alto. A 28 de Septiembre de 974 se hizo la dedicación del monasterio de Cuxá, en la cual se halló este obispo (Marca Hisp. ap. n. CXIX). No asistió a la tercera de Ripoll del año 977 en tiempo de su abad Guidisclo; pero se hace memoria de él en las actas (ibid. n. CXXIII.) diciendo: qui licet ob iter domni Petri absens corpore, praesens tamen adfuit mente. De donde se ha de inferir que había emprendido un viaje a Roma, y que todavía permanecía por allá. Mas como la fecha de estas actas sea del 15 de Noviembre de 977, no sé componer esto del viaje y ausencia de nuestro obispo con las siguientes memorias que son ciertas e indubitables. En ese mismo año a 7 de Octubre estaba en el monasterio de Serrateix, autorizando su fundación. De esto hay allí dos o tres escrituras originales (a: V. tomo VIII, pág. 124.). = Retrocedamos un poco. Día 1.° de Julio del mismo año estaba en esta diócesi subscribiendo junto con Frugifer, obispo de Vique, en una donación que el conde Borrell y su mujer Ledgardis hicieron a Eriman y a su mujer Emo, en el lugar de Vilanova. = Mas la verdad sea dicha, esto que parece una contradicción, no lo es; porque todo pende del modo con que se contaron los años del rey Lotario. Lo cual para los historiadores del día es como digamos un comodín con que se sale de apuros diplomáticos; pero en realidad era así. V. g. la última escritura que cité pone por fecha el año XXIIII de Lotario, que contándolo desde el Septiembre de 954 en que comenzó, debe ser el 977. Mas ahora diré de una de ese mismo año XXIIII, anterior al Septiembre, y sin embargo el notario dijo que era el año 978. Lo mismo podemos decir de la otra. Esta que anuncio es ya la última memoria del gobierno de Wisado; y aunque sólo fuera por eso, merecía ir copiada (a: Apend. n. XIX.). Es la consagración de la iglesia de S. Jaime de Caralps (Cheros albos) en la Cerdaña in valle Petrariense, que antiguamente habían construido Nampio, Ossolo, Abo, Galavonso y Melandro, sujetándola a la parroquia de S. Saturnino de Fustiniano, y poniendo en ella un sacerdote que pagase el tributo sinodal, es a saber, dos pernas, y por otro título que no puede averiguarse bien, argenteos XII. En fin, allá lo verás en la copia que saqué del original que existe en el archivo de esta iglesia. Hasta aquí llegan las memorias de este prelado, que sobrevivió poco a este año 978, pues tan pronto comienzan las del sucesor. El MS. de Gerri le da 29 años de obispado; mas de lo dicho se ha de inferir que gobernó 36 cuando menos. 

SALLA o SANLA, 

desde antes de 981 hasta 1010. 

Con estos dos nombres es conocido este célebre prelado, hijo del vizconde Isarno y de Ranlo su mujer, y hermano de Bernardo, vizconde de Conflent, el que fue padre del sucesor S. Ermengol. Era ya arcediano de esta iglesia en el año VII del rey Lotario, 960 de Cristo, en el cual día 6 de Noviembre asistió a la erección del monasterio de S. Pedro de Escalas, como ya se insinuó y diré otro día cuando se hable de los monasterios suprimidos. Y pues en 960 se llamaba arcediano Urgelense, claro está que no pertenece a él una escritura que aquí hay, tres años posterior, el X de Lotario, en la cual un Salla sin dictado ninguno vende a su hermano Isarno, vizconde, un alodio in comitatu Confluente, in termino de Aquatepida. Este Salla, hermano del vizconde Isarno, era tío del nuestro. No nos consta el año fijo de su elección en obispo. Acaso estaba todavía sin confirmar en el día 2 de Noviembre del año XXVII del mismo rey, 981 de Cristo; y eso puede que quisieran indicar en los títulos que le dio una escritura de ese día (lib. I. Dot. fol. 173), que es una donación que él recibió a nombre de su iglesia. Porque le llaman Salla PRAESUL, et maior archilevita; como dando a entender que designado para obispo, era todavía arcediano. Como quiera que esto sea, porque bien puede que sea otra cosa, lo que tengo por cierto es que no comenzó mucho antes su pontificado, constándome que su antecesor Wisado vivió casi hasta el 979. Y así es una manifiesta equivocación la de Balucio, que supone existente al obispo Sanla en 973 (Marca Hisp. col. 405): equivocación que él mismo pudo advertir, pues en la col. sig. dice, lo que es la verdad, que el obispo Wisado lo era aún en 974. Para fijar la existencia de nuestro obispo en 981 basta una escritura que vi en Solsona, fecha IIII. Idus Madii, anno XXVII. de Lotario, y es una permuta que hizo Bradila con aquella iglesia propter terras, dice, que comutavit nobis Salla gratia Dei episcopus. Ese año XXVII de Lotario lo más más es el 981. Dejo de decir otras memorias pequeñas y aun subscripciones que hay aquí de ese año y del siguiente. En 983 a 21 de Noviembre dedicó solemnemente y consagró ecclesiam Sancti Laurencii Christi martyris zenobii, qui est situs in comitatu Bergitanense, in valle nuncupata Bucranense (Bucuranense). Hízose esto a ruegos de Oliva Cabreta y de su mujer Ermeniardis, condes de Cerdaña, y con asistencia de sus hijos Bernardo, Wifredo y Oliva, y del abad Seniofredo, que lo sería de dicho monasterio, y de muchos nobles y otras personas que concurrieron a aquella solemnidad. Mandose al abad que acudiese a los dos sínodos de la iglesia de Urgel, y de ella recibiese el crisma. De la copiosa donación que se hizo a aquella casa te informarás por la copia adjunta de la escritura que con esta ocasión se hizo, la cual encontré original en el archivo del monasterio de S. Benito de Bages, al cual es verosímil que andando el tiempo se uniese este que digo de S. Lorenzo (a: Apend. n. XX.). Esta clase de escrituras son útiles, aunque sólo sea por lo que ilustran la geografía de los siglos medios. No lo fue poco para esta iglesia la permuta que con el obispo Salla y su clero hizo Borrell, conde de Barcelona y Urgel, día 3 de Julio anno II. quod Ugo magnus rex regnandi sumpsit exordium, que es el de Cristo 988. En ella dicho conde con su mujer Aimedruds, y Raimundo, hijo del conde y no de esta señora, sino de Ledgardis su primera mujer, entregaron varias iglesias y alodios por otras que la iglesia les cedía; y esto a presencia de Gondemaro obispo de Gerona, y de Frugifer (o Froya) de Vique, los cuales subscribieron en la misma escritura que he copiado del original (a: Apend. n. XXI.). En ella verás los individuos de este (pone esto) clero con el grado que cada uno en él tenía. Y es notable la distinción que pone entre archisacer, et maior archisacer, y archipraesbytero. También podrás advertir que al río Segre llama Segor, que es la primera corrupción del Sicoris romano. (Hay más variantes de este río, además de las declinaciones) Del año 991 es el concilio o junta de prelados y monjes que celebró en su iglesia para excomulgar omnem episcopatum Cerdaniensis vel Berchitanensis, y poner entredicho en todas las iglesias de estos dos condados, en los cuales algunos hombres perversos, a la sombra y con la autoridad de la condesa Ermengardis, viuda de Oliva Cabreta, se habían apoderado de muchas iglesias y negado a la matriz de Urgel el censo eclesiástico que le debían. Exceptuó de estas censuras a la sobredicha condesa y a sus hijos, cargando toda la odiosidad sobre sus ministros o agentes Arnaldo y Rodulfo. Los obispos congregados para el efecto fueron Vivas el de Barcelona y Aimerico de Roda. En consecuencia de este decreto escribió una encíclica universis episcopis circumquaque ubique commanentibus per quadrifida climata cosmi, notificándoles su resolución episcopal, para que por su parte procurasen el cumplimiento. De estas cosas habló Balucio en la Marca Hisp. (col. 415), y aun publicó los dos documentos en los Capitulares (edic. de París 1780, col. 675). Mas habiéndolos yo hallado originales en este archivo, ¿qué haría sino copiarlos de nuevo exactamente, e incluirlos aquí para que sin necesidad de buscar aquella obra, vieses al golpe estos preciosos monumentos de la disciplina eclesiástica en esa materia? (a: Apend. n. XXII y XXIII.). Del año 999, segundo del rey Roberto, a 22 de Diciembre, he visto aquí una pequeña donación que hicieron a nuestro obispo los presbíteros Wifredo, Recemiro y Scluva. Por estos años pensaba en que le sucediese en su silla su sobrino S. Ermengol. Punto muy curioso que trataré de propósito en el artículo siguiente, como en su propio lugar. No anduvo menos solícito que sus antecesores en procurar a su iglesia y posesiones y derechos la confirmación y protección apostólica. Así es que obtuvo del papa Silvestre II la bula que sobre ello publicó ya la Marca Hisp. (apend. núm. CXLIX.). La fecha de ella que es la misma que aquí se ve (Dot. I. fol. 15) no tiene más datos que in mense Maio, indictione XIV. Y pues el papa Silvestre, electo a 2 de Abril de 999, murió a 12 de Mayo de 1003, es claro que la bula debe fijarse en 1001 en que concurrió la indicción XIV. Para lograr este privilegio apostólico, cualquiera entenderá que nuestro obispo debió ir personalmente a Roma; porque esa era la costumbre de todos los obispos en aquellos tiempos. Y del nuestro consta con certeza que se hallaba allí junto con el conde de Urgel Ermengol I, cuando este príncipe consultó con el papa Silvestre sobre la reunión que proyectaba del monasterio de S. Clemente de Codinet al de S. Andrés de Tresponts; la cual verificó vuelto de allá con escritura, fecha en 1004, después de haber esperado dos o tres años a que el abad de S. Clemente reformase su conducta en la disipación de sus bienes. Por donde es claro que este viaje del conde fue el mismo año 1001. Esta escritura irá copiada cuando hable de la reunión de dichos monasterios, entre los ya no existentes de esta diócesi. En ella dice el conde: Haec eo (el papa) mihi dicente, unâ mecum adstabat Salla presul cum suis clericis. Que dicho viaje debió verificarse lo más tarde en el año 1001, consta además de que en el mes de Julio del año 1002 estaba nuestro obispo en este país, entendiendo personalmente en la recuperación del castrum Keralt, que Sendredo Ansulfo había usurpado a su iglesia. Existe la escritura en el lib. I. Dotal. (aunque del número no me acuerdo) la cual empieza así: Anno Dominicae incarnationis M.II. era M.XL., V nonas Iulii, anno VII. regni Rodberti regis (tomó el notario por época de este reinado todo el año 996) venit... Salla episcopus... in Barchinonam ante reverentissimo marchiso Raimundo, coniuxque eius Hermisindis (Ermesinda, Ermesindis), in domum Sanctae Crucis, ubi adfuerunt episcopi Aetius Barchin. et Arnulfus Ausonen. con otros muchos nobles. Propuesta allí la demanda del obispo, le precisaron a probar con testigos el derecho que su iglesia tenía a la posesión del castillo Keralt; para lo cual le concedieron algunos días de término, citándole a Vique para el Jueves después de la fiesta de S. Pedro apóstol; esto es, para el día 2 de Julio, que cayó en Jueves ese año en que regía la letra dom. D., y era la víspera del día en que se extendió esta escritura de que vamos hablando, como dice ella misma. Allí pues en la iglesia de Santa María la Rotunda, se terminó el litigio con sentencia en favor de nuestro obispo. Halláronse presentes los mismos obispos, y además cuenta la escritura estos otros: Ermengaudus archiepiscopus Narbonensis, Atus episcopus Taratellensis, Amatus Soricensis, Gaucefredus Gerundensis, Sisemundus Olonensis, Raimundus Matronensis, Guillelmus Nacharicensis, et Ratfredus Clarienensis. Dícese además que dicho castillo había sido dado a los obispos Urgelenses per annuli traditionem. Si no hubiera otro documento para probar la verdad de este congreso de Vique y de lo resuelto en él, podía caber alguna duda sobre ello, vista la equivocación con que nombra a Gaucefredo por obispo Gerundense, siéndolo en ese año Odón. Mas a pesar de este y de algún otro yerro que cometiese el que copió aquel Lib. Dotal., el hecho es cierto, como apoyado en otra escritura de la catedral de Vique, donde consta que en aquel mismo congreso se sentenció otro pleito a favor de Ripoll, y donde se nombran algunos de los prelados asistentes, elogiando a cada uno de ellos en particular, y diciendo del nuestro: et egregio, canicieque senio decorato domno etiam Sanlane presule (a: V. tom. VI. pág. 165.). En el año 1006 subscribió el mismo obispo a una donación que Raimundo, conde de Barcelona, hizo a la catedral de aquella ciudad, y a la iglesia de S. Miguel, sita dentro de sus muros, (V. Marca Hisp. col. 419.) En 1009 se halló con otros obispos en la misma iglesia de Barcelona, para tratar y aprobar la restauración y dotación de aquella canónica. Cosa sabida, y de que se habla en su debido lugar. No tanto con el ejemplo de aquella catedral, cuanto movido de su celo y buenas ideas acerca de la reforma del clero, intentó hacer lo mismo con el suyo. Mas si el verificarlo estaba reservado para el sucesor, en su lugar veremos como es casi imposible que pudiese este levantar tan grande edificio, sin hallarle ya preparado o digamos construido por nuestro obispo Salla. Del mismo año y acaso del anterior es el testamento del conde de Urgel Ermengol I, el cual nombró a nuestro obispo uno de sus albaceas. Balucio (ibid. col. 421) lo atrasó al año 1010, sin razón a lo que entiendo; porque su única fecha es el año XII de Roberto, que cierto corresponde al 1008, o cuando más al siguiente. Hállase publicado por el mismo (ib. apend. n. CLXII). La edad avanzada de este prelado, de que ya vimos arriba algún indicio, le movió a disponer su testamento con mucha anticipación, es a saber: X. Kal. Novembris, anno VIII. regnante Rodberto rege, filio Ugoni condam, qui dux fuerat pridem, que es el 1004 o 1005. En él se llama a sí mismo servus servorum Dei: frase en aquel tiempo común a reyes, obispos y abades (a): (y papas) 

(a) Trata de esto el ilustre señor abad D. Andrés Casus en su respuesta a Masdeu impresa en 1806, pág. 339. 

y elige por su testamentario a su sobrino S. Ermengol, arcediano de esta iglesia. En el lib. I. Dotal. fol. 17 b, se halla la publicación de este testamento, fecha VIII. Idus Novembris, anno XIII. regnante Rodberto rege. En ella dice el sucesor S. Ermengol hecho ya obispo, con los demás marmesores, que el obispo Salla confirmó el testamento hallándose enfermo; y añaden: et cum haec ordinavit, sic migravit de hoc saeculo in mense isto proximo Septembrio, qui iam praeteritus est, in kastro Gilida (Gelida). Así estas palabras, como lo restante de la escritura copiada en el libro que dije, están conformes con el original que se guarda en un cajón de este archivo sin título, encima del rotulado del bisbe y capitol. Tenemos pues averiguado que Salla murió en el mes de Septiembre del año XIII de Roberto, la época de cuyo reinado, aun la más baja, comienza de todo el año 998; y si esta cuenta es la que se siguió en la escritura, como se hizo en otras, diremos con razón que la muerte de este prelado debe fijarse lo más tarde en el Septiembre del año 1010. Tampoco puede anticiparse; porque consta que se halló y autorizó la elección del obispo de Vique Borrell, sucesor de Arnulfo, el cual es cierto que murió en 1.° de Agosto de ese mismo año. Y esto mismo es una nueva prueba de que la famosa batalla de Córdoba, de que tantas veces se ofrecerá hablar en mis viajes, no fue a 1.° de Septiembre, como se ha creído, sino en el Junio de ese año, como dejé demostrado en mi viaje de Vique. Porque no era posible que Arnulfo herido en aquella refriega, volviese de allá, enfermase in castro Colonico, muriese, y se le nombrase sucesor, y muriese también el obispo Salla, presidente de esa elección: todo en el mes de Septiembre. El documento que Balucio publicó en la Marca Hispánica (ap. n. CLXXI.) no prueba que la elección de Borrell se hiciese en 1.° de Octubre del año 1010, y por consiguiente que nuestro Salla viviese aún en ese día, porque como se dijo en lo de Vique, y cualquiera podrá ver por sí mismo, el hacerse en aquella escritura memoria de dicha elección, sólo fue para dar una noticia previa de la pretensión que los canónigos de Vique traían con el conde de Barcelona; y para los prácticos es claro que las escrituras de elecciones de obispos tienen otro carácter y manera. Mucho menos puede atrasarse hasta el año 1013, como allí se hace; en lo cual no sé por qué regla se gobernó Balucio, a quien en lo que a esto toca, con mucha razón puso a la vergüenza el P. M. Flórez (Esp. Sag. tom. XXVIII. p. 114 sig.). Mas en estas investigaciones cualquiera que emprenda analizar y fijar los años del rey Roberto, fastidiará a los lectores y acaso sin fruto. La batalla de Córdoba, la muerte de Arnulfo, obispo de Vique, la elección de su sucesor Borrell, la presidencia en aquel acto de nuestro Salla, su muerte, sucesión de S. Ermengol, y restauración de la canónica Urgelense: todos estos sucesos y algunos otros incidentes no se hallan calendados sino por los años de Roberto; y como siempre será varia la opinión de los eruditos sobre la cuenta que los notarios siguieron, así también lo será la que se forme sobre estos hechos. El hilo que nos saque de este laberinto es la batalla de Córdoba, la cual está fuera de toda duda que acaeció en el Junio del año 1010. No es menos cierto que a este suceso siguió la muerte de Arnulfo en 1.° del Agosto inmediato. De estos dos hechos parte la investigación de los restantes. Salla, que por su vejez no fue a Córdoba, acudió a la muerte de Arnulfo; y verificada esta, presidió la elección de Borrell en el mismo mes de Agosto. ¿Quién pondrá duda en esto, sabiendo la costumbre de aquellos tiempos? Pues a este hecho, ¿qué repugnancia hay en que en el Septiembre del mismo año muriese Salla en el castillo de Gilida, que yo creo sea la Gelida moderna, que está por allá bajo en el Penadés (Penedés; Penitensis), distante una jornada de Calonja, donde murió Arnulfo? Y muerto él ¿no quedó espacio para elegir a S. Ermengol, y para que a mitad de Noviembre restaurase su canónica, estando ya todo preparado para ello por el obispo difunto? En resolución, después de varias investigaciones, yo todo esto lo fijo en el año 1010. Con lo cual viene bien lo que dice Flórez, que la escritura publicada por Marca sea del 1.° de Octubre de 1011. Este documento es el que todo lo ha alborotado, y más con el galimatías que introdujo Balucio. Acabose la cuestión. El obispo Salla murió en el mes de Septiembre del año 1010. Y en esto me confirma el necrologio de Solsona, que pone su óbito en el día 29 de dicho mes y año. Dice así: III. Kal. Octob. depositio Sadani episcopi, bone memorie, anno M. decem. Murió sin duda a los 30 años de pontificado que le atribuye el catálogo de Gerri; porque, como vimos al principio, pudo ser muy bien que lo comenzase en el año 980.

A Dios, hasta otro día. Así a pistos iremos saliendo de tan penosa empresa.