domingo, 29 de enero de 2023

XXII. Carta del Capítulo de Lérida al de Barcelona, consultándole sobre el sínodo de 1564.

XXII. 

Carta del Capítulo de Lérida al de Barcelona, consultándole sobre el sínodo de 1564. (Vid. pág. 63.) 

Molt R. y mag. Señor.

Es tanta la presa que done lo R. Señor Bisbe nostre en tenir synodo ordinaria ... y som certs la vol tenir per la observança de les coses del concili, y specialment pera posar examinadors pera provehir les parrochials no... admetent nostres rahons pera que fernos degue de present, quens force en posari tot lo impediment quens par conve per termens de justicia (leo josticia) si altrament no posem.

Havem procurat molt que la prorogas pera alguns dies, (la qual te ya intimada pera ... ) pera que en aquest medi se tingues la deguda consideratio per al que conve a tots, affi que vingues a bon y condecent effecte, conforme als privilegis y constitutions de la nra. iglesia, y certa concordia y capitulatio feta entre nre. Capitol y los Bisbes predecessors seus; o allegantli entre les altres coses que pensant la provincial synodo de Tarragona, en la qual ses jurada obedientia del concilio tridentino, y per certs y molt justs respectes prorogada, nos pot nis deu celebrar altra synodo diocesana. 

Mes avant li avem dit que no volem consentir en ques tingue altra congregatio per tractar de les coses del dit concili, que primer no sapiam si plau a la M. del Rey nre.

Senyor; pus es cert que reste offés de la provincia ajustada en Tarragona.

Item mes li havem notificat que dita sa celebradora synodo se a de regular conforme a la dita concordia nostra y per ell jurada.

Y no obstant los dits motius y molts altres que ab esta no expremim, vol passar avant sa intensió. Y pus comprenem que es de destroir tots nostres privilegis, ans de venir a termens de josticia, volriem saber Vs. Ms. tot lo R. Capitol dexa insigne iglesia de Barcelona, si estan ab lo R. son prelat ab semblants termens; y sin estan quins motius tenen perha defensarse, y quin proposit tenen de consentir o disentir a sa voluntat, y quins indicis tenen della; y del que ahi passe nos farán molt singular mercé avisarnos per lo donador de la pressent, qui va sols per tal effecte. Y pus aquest negoci toque tant ha Vs. Ms. com ha nosaltres, y a tots los Capitols de Cataluña, los suplicam nos donen en ell tot lo consell, favor y adiutori que porán, com nosaltres ab molt sancera voluntat farem en tota cosa que valer y servir porem ha Vs. Ms. Les molt R. y mag. persones dels quals N. S. guart, y ses coses augmente com desijam. De Leyda a XXIIII de decembre 1564.

XXI. Carta del Cabildo de Lérida a Don Miguel Clemente, Protonotario de S. M.,

XXI.

Carta del Cabildo de Lérida a Don Miguel Clemente, Protonotario de S. M., sobre el mismo asunto que la anterior, año 1561. (Vid. pág. 61.) 

Muy mag. Sñor. 

Con razon los diocesanos de Lerida nos havemos alegrado de la merced que S. M. nos ha hecho en darnos por Obispo y Perlado (Prelado) al Señor Don Antonio de Agostin, que por sus letras y muchas otras qualidades de su mano no podemos recibir sino buenas obras. Con la misma razon nos pesa de su ausencia, y mas que recelamos seha larga por el concilio y otras causas, lo que es grande danyo para el govierno de las diocesis, que todas tienen necessidat de la presentia del Pastor, y mas estas que confinan con Francia, adonde se dize que las heregias se tratan muy descaradas, y vemos de quadaldia passar Franceses con intentiones diabólicas de sembrar sus malas sectas por estas partes confines, de lo qual puede succeder mucho mal, si Dios no lo remedia, y por procurarlo de nuestra parte, como devemos, scrivimos a S. M. lo que verá. Supplicamos a V. M. favoresca a nosotros y esta iglesia en esta necessidat que por las causas que senyalamos, y otras muchas, no es poca; y pues el camino del remedio es arto abierto en estenderse, el Señor Obispo de Huesca, al governar las dos diocesis, que todas concurren en la misma necessidat, y como hermano se puede dezir que le cabe la misma obligacion. Supplicamos a V. M. sea parte que S. M. lo provea y mande se haga assi, que esta diocesi recibirá merced y se contentará dello, porque tenemos noticia de la persona del dicho Señor Obispo de Huesca, y sabemos que gobierna bien sus súbditos. Si en esta iglesia y en particular podemos hazer algun servicio a V. M. lo haremos con muy entera voluntad, cuya muy magnífica persona nuestro Señor guarde y prospere, como se desea. En Lerida a XXVIIII. de octubre de M.D.LXI. = De V. M. muy ciertos servidores los Dean y Cabildo de la Seo de Lérida. = Al muy magnífico Señor el Señor Don Miguel Clemente, Prothonotario de S. M. en corte.

XX. Carta del Capítulo de Lérida al Rey Felipe II

XX. 

Carta del Capítulo de Lérida al Rey Felipe II pidiendo que el Obispo de Huesca visitase y gobernase la diócesi de Lérida durante la ausencia de su nuevo Obispo Don. Antonio Agustín, año 1561. (Vid pág. 61.) 

Arch. de la cat. de Lérida, leg. de cartas de 1561.

S. C. Y R. M. 

Muy grande beneficio es el que havemos recibido esta iglesia, los particulares della y toda la diócesi de Lérida en darnos V. M. por Obispo y Prelado al Rmo. Don Antonio de Augustin, que segun la fama y reputacion de su persona tenemos con fiança cierta, succederan las obras al servicio de Dios, quietud y contentamiento de los súbditos y ovejas que le estan encomendadas. Pero no estamos sin cuidado y trabajo rescelando que su ausencia sea larga por las causas que concurren tan importantes a la Iglesia y fe Catholica, porque entendemos que de la persona de dicho nuestro Prelado, a mas de residir en el concilio como Obispo, se sirven et Summo Pontifice y V. M.; y pues esta causa es tan supprema que todas las otras necessidades occupa, por cumplir con lo que devemos viendo quan necessaria es la presentia del Prelado en su iglesia y diocesi, y en esta por el vesindado que tenemos con los enemigos de la Fe Catholica y por el govierno de la universidad del studio, que por su pobresa ha mucho menester la presentia y amparo del Prelado; por estas y otras muchas causas supplicamos humildemente a V. M. nos mande remediar con proveher y mandar que Don Pedro de Agostin, Obispo de Huesca, pues es hermano de nuestro Prelado, y assi le cabe parte de la obligacion, nos visite y assiente las cosas desta diocesi como conviene, que pues la suya de Huesca es vecina y contigua, con todo podrá cumplir, y de su mano nosotros esperamos de rescibir todo bien y mercet. Y pues el buen zelo de V. M. es notorio conforme a nuestras intenciones susodichas, speramos de recibir la merced conforme a nuestra necesidad, y rogaremos, como debemos, en esta su iglesia, en nuestros officios continuamente al immenso Dios la vida de V. C. y R. M. guarde por largos anyos con acrescentamiento de reynos y senyorios como la Christiandat ha menester a su santo servicio. En Lerida a XXVIIII. de octubre de M.D.LXI. = De V. S. C. y R. M. humildes súbditos cappellanes y oradores que sus reales manos besan. = Los Dean y Cabildo de la Seo de Lerida. = A la S. C. y R. M. del Rey nuestro Señor.