De l' authorité du serment, & d' une maniere de preuve qui se faisoit quelquesfois par iceluy.
CHAPITRE III.
L' authorité du Serment doit estre de telle recommandation en toutes nos actions, qu' il me plaist maintenant exercer ma plume sur ce sujet de toutes façons. L' on recite qu' au pays d' Egypte anciennement le parjure estoit puny par la mort, comme estant violateur de la pieté envers Dieu & de la foy envers les hommes, pour n' y avoir lien si estroit de cette humaine societé que l' entretenement du serment. A ce propos Ciceron en ses Offices disoit qu' il n' y avoit rien qui obligeast tant nostre promesse que la prestation de serment. Chose qui estoit averee en tous les actes solemnels, fust en paix faisant avecques nos ennemis, ou en l' exercice de la Religion ou de la justice. Voire sembloit estre si obligatoire qu' encore qu' il eust esté exigé par fraude ou force, on estimoit que nous n' en pouvions resilir. L' exemple de la fraude y est manifeste dans Herodote, quand il dit qu' Ariston Roy de Sparte s' estant enamouré de la femme d' Aget, promit de luy donner tout ce qu' il luy demanderoit: moyennant qu' Aget de son costé voulust juger qu' il feroit le semblable envers luy. Ce que l' autre luy promit: ne pensant point que cette promesse reciproque regardast en aucune façon les femmes, par ce qu' ils estoient tous deux mariez. Ayant doncques Aget demandé l' un des precieux joyaux d' Ariston, il l' obtint: mais à l' instant mesme, Ariston luy demanda sa femme pour espouser. A quoy Aget faisant instance, pour n' avoir estimé qu' en leurs pactions il y allast du fait des femmes, si fut-il condamné à y obeyr, pour s' y estre obligé par serment, ores qu' Ariston l' eust extorqué de luy par fraude. Non moins esmerveillable ce que l' on conte de Manlius, lequel ayant chassé de sa maison un sien fils, comme lourdaut & mal plaisant, le Tribun luy ayant faict donner jour devant le peuple de Rome, pour venir respondre sur cette cruauté paternelle. Le fils de ce adverty, ne voulant souffrir que son pere à son occasion reçeust quelque escorne, vint visiter de nuict le Tribun, qui le receut d' un favorable accueil, estimant qu' il luy voulust fournir des memoires pour sa cause. Mais l' enfant d' une charité filiale tira un poignard sur luy, disant qu' il l' occiroit presentement, si par serment il ne se vouloit obliger de soy desister de l' accusation qu' il brassoit encontre son pere. Chose que le Tribun pour eviter la mort, fut contraint de faire, & sur cette promesse ainsi extorquee de luy par force, ne passa plus outre à son entreprise. Parce qu' il y avoit interposé le serment. Admirable pieté, que ny la fraude, ny la force, n' excusa point de sa promesse celuy qui avoit juré. Nous voyous un semblable exemple dans Jean Sire de Joinville en la vie de sainct Louys, lequel ayant par colere juré qu' un Chevalier ne r' entreroit jamais dans sa maison, fut prié par le Connestable de luy pardonner. A quoy le Sire de Joinville respondit qu' il le vouloit bien, mais qu' auparavant il falloit qu' il eust dispense du Legat de Rome. Ce neantmoins le Legat dist qu' il ne le pouvoit dispenser, par ce qu' il avoit juré. Toutesfois ce serment n' estoit, si ainsi le faut dire, volontaire, mais par une colere. Que ce ne fust pecher, je n' en doute, mais qu' un tel peché ne peust recevoir quelque relasche à celuy qui la demandoit au Legat, & de la luy avoir refusee, cela nous monstre de quel respect & reverence leur estoit l' entretenir du Serment. Aussi le mot mesme nous l' enseigne, parce qu' en nostre Religion nous n' avons point plus grands & saints instruments pour sa manutention, que les Sacremens de l' Eglise. Or avons nous par un special privilege de nostre foy appellé entre les Chrestiens: Sacramentum, ce que les Payens appelloient Iusiurandum: & de ce mot de Sacrement nous avons fait par racourcissement celuy de serment. Mots que sainct Ambroise au troisiesme de ses Offices, chapitre douziesme, voulut marier ensemble, quand il disoit, Saepe plerique constringunt se iurisiurandi sacramento. Il ne faut donques point trouver estrange si entre les Ethniques, & depuis entre les Chrestiens, on remit quelquesfois la decision des causes du serment. Platon au dixiesme de ses loix disoit, que Rhadamante Roy de Lycie fut mis au rang des plus saints juges: Parce que prenant le serment des parties d' une part & d' autre, il donnoit prompte & seure fin aux causes. Qui me fait penser que les Payens ne faisoient si bon marché de leurs consciences, comme nous faisons aujourd'huy: ou bien que l' ordre que Rhadamante observoit en ses jugemens, estoit ridicule. Sainct Paul exhorte les Chrestiens de vuider leurs causes par leurs sermens.
Diodore Sicilien sur la fin de son premier livre nous dit qu' en la Sicile y avoit un Temple appellé Palice, auquel les plus grands & Religieux sermens se faisoient, & s' il y avoit quelqu' un si meschant & temeraire de s' y ozer parjurer, la punition s' en ensuivoit incontinant & qu' il y en avoit eu autresfois qui estoient sortis du pourpris du Temple aueugles pour s' y estre parjurez. Et à peu dire que la devotion & reverence que l' on portoit à ce lieu estoit si grande, que ceux qui avoient des procés, quand ils pensoient avoir affaire à plus forte partie qu' eux, vuidoient leurs procez, & decidoient leurs querelles, en deferant le serment à leurs parties adverses, & à la charge d' estre par elle fait en & au dedans de ce Temple, pour l' opinion qu' ils avoient que le parjure estoit tout aussi tost accompagné de sa peine: Que si le diable avoit telle puissance sur les personnes par la semence de ses superstitions, pour la forfaicture d' un serment, quelle crainte en doit avoir le Chrestien au milieu de la vraye & saincte Religion? Je trouve qu' avecques le Gage de Bataille, & l' atouchement du fer chaud, on voulut adjouster une troisiesme espece de procedures & preuves, qui se faisoit par le serment, esquelles celuy qui estoit accusé, jurant quelquesfois avecques siens parens, & desauoüant par serment le fait estoit declaré innocent. Du premier l' exemple est beau dans un ancien autheur escrivant la vie de l' Empereur Louys le Debonnaire, où Bernard grand Chambellan ayant esté soupçonné & accusé d' abus avecques l' Emperiere Judith, declara devant le Roy se vouloir purger par le gage de bataille, & à faute de trouver champion qui voulust entrer contre luy en champ clos, il s' en purgea par son serment. Bernardus imperator adiens, (porte le texte ) modum se purgandi ab eo quaerebat, more Francis solito, scilicet crimen obijcienti semet obiicere volens, armisque impacta diluere. Sed cum accusator, licet quaesitus deesset, cessantibus armis purgatio facta est iuramento. Ce fut en un Parlement où cette affaire fut traictee, pour l' importance du fait. Quant au serment, auquel on adjoustoit celuy des proches parens, cela se pratiquoit specialement en matiere de mariages. Car quand la femme estoit accusee d' adultere, on estimoit qu' il ne falloit point traicter cette cause avec plus de longueur que par le serment d' elle & de ses parens. Toutesfois cette regle n' estoit pas perpetuellement infaillible. Car en la vieille Cronique de sainct Denis, un seigneur accusant sa femme d' adultere, qu' il appelle Advoutrie. Elle requit (dit le texte) son pere, sa mere, & ses parens à aide & secours, & ceux qui saine & innocente la cuiderent de cette chose, jurerent à son Baron & à ses amis sur saincts, en l' oratoire sainct Denis, qu' elle n' avoit coulpe en ce dont on l' accusoit. Toutesfois la suitte du passage porte que les parens du mary n' y voulurent adjouster foy, & ne dit l' Historiographe quelle fut l' yssuë de cette accusation. Le vieux coustumier de Normandie au chapitre octante quatriesme disoit que cela se pratiquoit és matieres criminelles, legeres de faict ou de dit. Luitprand au sixiesme livre de son Histoire nous enseigne qu' un Pape Jean ayant conceu une mauvaise opinion contre l' Empereur, luy envoya des Ambassadeurs, avec charge expresse de luy dire qu' il estoit prest de se purger par le gage de bataille, ou par le serment, contre la fausse imputation qu' on luy mettoit sus. Qui omma (dit l' autheur) ordinatim prout eis iniunctum fuerat enarrantes non iuramento, non duello, Papa satisfactionem recipere voluit, sed in eadem, quam fuerat, duritia permansit. L' Empereur Charlemagne ne fit pas le semblable au Pape Leon, lequel accusé par le peuple Romain, voulut qu' il se purgeast devant tout le monde par serment, & qu' il fust son juge, & son tesmoin tout ensemble. Le semblable fit depuis l' Evesque d' Albe accusé, qu' estant Legat du sainct Siege, il avoit vendu les ordres de Prestrise. Ce que nous apprenons d' Yve de Chartres en son Epistre 260. Mais il ne faut jamais rapporter un petit modelle à un grand. Beaucoup de choses sont bien-seantes aux grands, qu' il ne faut pas permettre au commun peuple. Paraventure cette coustume fut cause, a fin d' oster la facilité de parjurer qu' au quatriesme livre des loix du Debonnaire, & de Lothaire son fils, article 95. il estoit dit, De eo qui periurium fecerit se sciente, nullam redemptionem habeat, nisi manum perdat & emendare studeat. Qui estoit à bien dire, tomber d' une fievre tierce en chaud mal. J' estime que cette loy ne fut jamais executee, non plus que celle des Romains qui vouloit que le debiteur banqueroutier fust mis en pieces, & ses membres distribuez à ses creanciers. Laquelle au rapport de toute l' ancienneté, jamais ne sortit effect. Or comme ainsi soit que cette deffence qui procedoit du serment, eust aussi bien lieu en la Germanie, qu' entre nous: aussi trouvé-je une loy, par laquelle il semble qu' Othon premier la voulut aucunement abroger. Antiquis est constitutum temporibus, ut si chartarum inscriptio, quae constabat ex praediis falsa ab adversario diceretur, sacrosanctis Evangeliis tactis verum esse ab ostensore chartae probaretur, sicque praedium sine deliberatione iudicum vendicabat. Qua ex re mos detestabilis in Italia improbusque non imitandus exolvit, ut sub legum specie, iureiurando acquireretur, qui Deum non timendo, minimè formidaret periurare. C' est pourquoy il veut & ordonne, que s' il n' y a preuve contraire litterale, ou par bons, & vallables tesmoins, la decision de cette cause soit terminee par le gage de bataille: Quoy que ce soit, cette coustume s' est fort aisément perduë entre nous, tout ainsi comme en Italie. Car il y avoit peu de seureté de remettre malgré nous nostre bon droict, sur la conscience de nostre partie adverse, & de ses proches parens.
Cette consideration m' admonneste de discourir en peu de paroles sur les sermens que nous faisons aujourd'huy en nos causes. Le Romain avoit deux sortes de sermens judiciaires. L' un decisif de la cause, quand de nostre consentement nous en rapportions au serment de nostre partie adverse: L' autre que l' on appelloit le serment en cause, ou de calomnie, quand dés l' entree de toute cause chaque partie juroit devant la face du Juge, qu' il n' entroit point en cette lice par calomnie, ains parce qu' il pensoit estre en tout & par tout bien fondé. Au Concil de Valence sous le Roy Lothaire, l' an 855. le serment en cause que l' on exigeoit des parties fut osté. Ce neantmoins ne laissant d' estre pris par les Juges, au Concil de Latran sous Alexandre III. il fut deffendu pour les Clercs, & personnes Ecclesiastiques. Le temps depuis le bannit de toutes causes entre toutes sortes de personnes, jusques à ce que l' Edict de Roussillon en l' an 1564. le voulut ramener en usage. En cas semblable anciennement en la France, nul n' estoit tenu de se condamner par sa bouche. Et mesmement aux monitions que l' on obtenoit, on y adjoustoit ordinairement cette clause, Dempta parte, & consilio. Le Chancelier Pouyet par l' ordonnance de l' an 1539. voulut que tout homme fust tenu en chaque partie de la cause de respondre par sa bouche apres serment par luy fait, sur les articles qui luy seroient proposez par sa partie adverse. Et de là est venu puis apres qu' en matiere de monition on n' excepte plus, ny la partie, ny son conseil. Car puis que nul ne se peut dispenser de subir l' interrogatoire, pourquoy doncques en vertu d' une monition de l' Eglise ne viendra l' on à revelation? Mais quelle est la loy meilleure, ou celle que nous observons aujourd'huy, ou l' ancienne? la nostre de prime-face a un beau regard. Car puis que nous ne tendons à autre but que de nous esclaircir de la verité que les parties envelopent par Sophistiqueries, pour attaindre à leurs fins, que pouvoit on trouver de meilleur que d' informer la conscience d' un juge par un venerable serment, ou bien, par la crainte d' une censure Ecclesiastique & L' un à l' autre ne promettans qu' une perdition eternelle de nos ames, voulans sauver nos biens passagers, si nous pensons obscurcir ce qui est de la lumiere de la verité. Consideration certes qui n' est pas de petit effect. Toutesfois si vous revenez à vostre second penser, peut-estre trouverez-vous que nos ancestres soustenans le party contraire, ne furent pas mois Religieux que nous. Que diriez-vous si je les en estimois plus? Car combien qu' ils s' estudiassent autant à la recherche de la verité comme nous, si est-ce que pour la consequence, ils ne voulurent ouvrir à toutes heures la porte, tant au serment, qu' aux censures, a fin de ne les faire venir au contemnement, & mespris du commun peuple: & comme disoit l' Empereur Justinian en l' une de ses constitutions, pour ne permettre que facilement on prevariquast contre la Majesté de Dieu: Enquoy certes leur opinion n' a esté grandement trompee: car je ne voy point que les juges soient plus esclaircis de la verité, & le peuple en est devenu plus meschant, mettant sous pieds la reverence, & du serment, & des censures Ecclesiastiques: voulant à quelque pris que ce soit ne se faire pauvre par sa bouche. Et est une chose fort notable, & digne d' estre trompettee à une posterité, que Messire Christofle de Thou, premier President en la Cour de Parlement de Paris, interrogeant un homme prevenu de crime, ne voulut jamais prendre de luy le serment, sçachant que pour sauver sa vie, il seroit malaisé qu' il ne se parjurast. Et à la mienne volonté que l' on pratiquast le semblable à l' endroit de tous les nouveaux Conseillers qui entrent en la mesme Cour, & que jamais on les fist jurer sçavoir s' ils ont acheté leurs Estats.
Censura Antonii Augustini, Episcopi Illerdensis circa canones de sacramento Eucharistiae in concilio Tridentino, mense aprilis an. 1562. (Vid. pág. 127.)
Ex codic. monast. SS. Crucum. (N. E. Abrevia codice como codic., igual le dolía la mano de tanto copiar)
Censura Illerden.
In primo anathemate displicent illa omnino verba ex praecepto Dei, vel ex necesitate salutis, quia non omnes causas comprehendunt quibus moventur adversarii. In secundo displicent illa laycos atque etiam clericos, quae delenda sunt; satis est si dicatur non conficientes. Displicet etiam comunicando. Adderem quoque dum dicitur errasse, aut errare, et post adductam fuisse, aut esse. In quarto, pro parvulis ministrari, scriberem pueris praeberi.
In tertio illud omnium gratiarum fontem, vel authorem est supervacaneum, nisi addatur magno cum fructu; et ita fiat, ut hoc tertium anathema conveniat cum secundo capitulo doctrinae. Quoad varietatem magis placet tertia forma, in qua emendarem pro sumitur, sumatur, et pro suscipi, sumi et pro sic, ita. Venio ad doctrinam, in qua in principio desidero prohemium, ut conjungatur haec materia cum decretis de Ecclesiae sacramento.
In fine vero desidero, ut satisfiat Graecis quae petierunt, ne ex his decretis privilegia sua communicandi sub utraque specie amittant, de quibus mihi constat: habeo enim exemplum literarum foelicis recordationis Pauli tertii, quibus permittitur illis Graecis, qui sub Sedis Apostolicae obedientia degunt, sub utraque specie laycos, etiam parvulos, communicare, et conjugatis sacerdotibus uti.
Itaque placeret, ut in fine horum canonum diceretur sanctam synodum nolle illos praejudicare, qui ex antiqua consuetudine, vel ex privilegio Apostolico sub utraque specie, etiam parvulos communicant, dum sub ejusdem Sedis obedientia manserint.
In primo capite displicent illa re multum considerata, et expensa; quasi vero coetera, quae ab hac sancta synodo emanant, non fuerint considerata, neque expensa.
Laycos omnes, et clericos nisi sacrificantes, mallem non confidentes, ut in secundo anathemate dictum est; et non recte videtur antequam de sacrificio Missae actum sit, hoc verbo uti sacrificantes.
Paulo post hoc sacramentum instituit, atque adeo Apostolis tradidit, scriberem hoc sacramentum sub utraque specie instituit, et Apostolis tradidit.
Ut layci et clerici non sacrificantes statuto Domini ad utramque speciem teneantur, scriberem, ut non conficientes utramque speciem sumere teneantur.
Omitto ea quae sequuntur, quia sunt sepius reposita, etiam a multis haereticis, quorum sententiam...
Quod dicitur in fine hujus partis veteris et primitivae Ecclesiae declarari, est verbum veteris (superfluum).
Quod sequitur, et eo ipso tempore quo utraque species servabatur, etc., usque ad finem capitis, et res ipsa incerta est, et verba valde displicet, ut jam a multis contradictum est.
In secunda parte hujus capitis nihil utrique speciei laycorum, scriberem nihil illis patrocinatur. Postea quod si ad alios, etc., displicent; quod non statuat sancta synodus ad Apostolos tantum, an ad omnes, illa verba trahantur.
In tertia parte desunt illa decantata verba, nisi manducaveritis carnem filii hominis:
Ut ipsius utraque species, male dicitur; scribatur ut sanctissimae Eucharistiae utraque species.
Displicet etiam quod fiat mentio capitis sexti; non enim est haec consuetudo conciliorum.
Verba illius capitis, scriberem, multa verba Domini nostri.
Pro cum Capharnaitis, ut recte notatum est, scribendum est, Capharnai, et pro Paulo scribi Beato Paulo.
Capite secundo, ibi, quae ad salutem necessaria addendum est ante verbum necessaria.
Capite tertio displicent fere omnia, ut Reverendissimo Segobiensi.
Placet ut prohibeatur communio parvulis propter periculum irreverentiae, si evomerent.
Consuetudo illa vetus fuit multarum ecclesiarum ut in Grecia ex Dionisio Areopagita, et Historia Nicephori, et privilegio Pauli tertii, de quo supra apparet: in Africa ex Beato Ciprano, et Divo Augustino: in Hispania ex concilio Toletano XI. cap. XI: in Gallia ex concilio Matisconensi II. cap.
VI: et ex prohibitione Turonensis sub Carolo cap. XIX: in urbe Roma ex Epistola Inno. ad Milevit. concil., ex Epistola Leon. 23., ex Epistola Felicis 32. de qua in cap. Eos quos, de consec. dist. 4. et ex libro 2. Deusdedit Cardinalis adversus simoniacos et schismaticos, qui fuit tempore Urbani II. anno 1000. Is testatur fuisse tunc hanc consuetudinem infundendi guttulam Sanguinis Christi infantibus. De eadem consuetudine meminit Hugatius vetus interpres Gratiani, ut refert Joannes de Turrecremata in cap. 50. qui alias incipit: Si qui in fide conser. dist. 4.
Capilla de los canónigos de Tarragona en el siglo XII. Su titular iglesia de Santa Tecla llamada la vieja: su sitio y el del cementerio antiguo. La catedral actual no fue comenzada por San Olegario, ni hasta fines del siglo XII, ni se concluyó hasta fines del siguiente: su consagración y descripción. Capilla del Sacramento construida por Don Antonio Agustín. Memoria de algunos profesores de las bellas artes. Descripción del claustro de esta iglesia. Dónde fueron hallados los restos de la antigüedad que en él se conservan. Capilla de Corpore Christi. Biblioteca antigua de la catedral, con noticia de algunos de sus códices: pobreza a que está reducida en el día. Manuscritos de la biblioteca de los PP. Dominicos. La del difunto canónigo don Ramón Foguet.
Mi querido hermano: A la noticia de la constitución interior de esta iglesia, es justo añadir la de la parte material de ella, en que hay cosas dignas de saberse. Primeramente, de lo dicho en la carta anterior resulta que los primitivos canónigos tuvieron su capilla o iglesia propia dentro del claustro canonical, de la cual el Arzobispo Don Bernardo Tous (no se lee bien porque esta página está borrosa en el scan), fundador de la vida reglar, habló de esta manera: Dono item praefatis canonicis ipsam capellam inferius et superius, quae contigua est ipsi fortitudini. En el edificio que aquí llaman torre Patriarcal, se echan de ver trozos anteriores al tiempo de Don Juan de Aragón, Arzobispo de esta iglesia y Patriarca de Alejandría de quien tomó el nombre; esto y el haber sido ordinaria habitación de los Arzobispos hasta que pasaron a la torre de la prepositura, suprimida a principios del siglo XV, hace verosímil que la misma fortaleza fuese habitación de todos los Prelados desde el siglo XII, y por consiguiente, que allí vivieron los primeros canónigos. Por otra parte se conserva pegada a este palacio antiguo, una capilla bastante capaz con arcos de medio punto y con oficinas sobre ella, cuya construcción no desdice de aquel tiempo, aunque pudo ser renovada más adelante. Todo esto hace sospechar que fuese esta la capilla primitiva de los canónigos Tarraconenses. Sin embargo, en las memorias escritas por algunos individuos de esta iglesia en los últimos siglos, se segura que la capilla de los canónigos era lo que hoy es sacristía; opinión que no puedo aprobar por no hallarse junto a este sitio rastro alguno de fortaleza.
También se tiene aquí por cierto que esta capilla se intitulaba S. Mariae, para lo cual alegan la cesión que Roberto, Príncipe de Tarragona, hizo al Arzobispo y Conde Don Ramón en el año 1151, de las dos terceras partes de esta ciudad y su campo, cuya fecha dice así: Facta est haec diffinitio in ecclesia S. Mariae, quae contigua est ipsi castro. Lo mismo confirma otro instrumento del año 1153 que he copiado, en el cual los testigos que asistieron a aquella cesión deponen de su verdad, y firman in ecclesia S. Mariae (a: Ap. núm XVI). Pero es de reflexionar que en estos documentos anteriores a la ordinación hecha por el Arzobispo Don Bernardo en 1154, se supone ya edificada la fortaleza, y este Prelado dice después que la estaba edificando. Esto y el ver que en aquellos instrumentos se llama absolutamente castrum, sin especificar que lo fuese del clero, me hace creer que aquella iglesia S. Mariae, lo era del castillo o fortaleza principal de la ciudad, donde consta que vivía el dicho Roberto, como Príncipe de ella, y donde por lo mismo no podía ni debía vivir el clero. Tampoco tenía la capilla canonical por titular a Santa Tecla, porque Don Bernardo la distingue claramente de la iglesia que tenía este título, diciendo: Instituo, ut in omnibus diebus Dominicis et praecipuis festivitatibus, maiores missae quae cantantur in hora diei tertia, in ecclesia S. Teclae celebrentur: concilia quoque atque consagrationes Pontificum in eadem ecclesia S. Teclae nichilominus celebrentur.
En estas palabra se hace expresa mención de la iglesia de Santa Teda existente en el siglo XII, que servía propiamente de catedral. Esta es sin disputa la que hoy llaman Santa Tecla la vieja, conocida ya con este nombre no sólo a principios del siglo XIV, como he visto en los estatutos de refectorio y cocina hechos en aquel tiempo, sino también en el siglo XII, como lo verás en el testamento del Arzobispo Don Bernardo Olivella, otorgado en 1287 (a: Ap. núm. XVII.) El llamarla así entonces, no era porque la tuviesen por el templo antiguo de este nombre, anterior a los Árabes, sino para distinguirla de Santa Tecla la nueva, o catedral, que ya se había construido. Es sin duda obra de los primeros Prelados, luego que las armas cristianas se apoderaron de la ciudad, aunque hay varios remiendos y renovaciones de los siglos posteriores. Y no es inverosímil que a pesar de la furia asoladora de los bárbaros, se conservase la memoria del lugar donde estuvo el antiguo templo, y acaso permaneciesen aún sus paredes, sobre las cuales levantaran estotro edificio; así como se conservó gran parte del palacio de Augusto, y vestigios considerables del anfiteatro, circo y otros edificios públicos.
Hállase situada esta iglesia dentro del cementerio antiguo, el cual debió comenzar a servir desde el siglo XII, de cuyo tiempo hay algunas inscripciones sepulcrales en las paredes exteriores de la capilla. Podemos en esto conjeturar que designada y planteada ya la fábrica de la catedral donde ahora está, pareció aquel terreno de la iglesia de Santa Tecla el más oportuno para el objeto por su proximidad a la matriz conforme a la disciplina de aquellos tiempos, y por la ardiente devoción del pueblo a tan insigne patrona. Muy bien cuidada debía estar esta iglesia en el siglo XIII, cuando el Arzobispo Don Bernardo Olivella, que fundó allí varias capellanías, la eligió para su sepultura. Otros dos sepulcros de Obispos hay en el pavimento que por sus lápidas no se puede averiguar quienes son. Merece grande atención este templo por haber sido la primera catedral después de la restauración, donde debieron consagrarse los sufragáneos durante el siglo XII, y celebrarse los concilios provinciales, entre otros el de 1180, tan famoso para los diplomáticos, en que se supone mudado el estilo de calendar las escrituras, y comenzado el uso de los años de la Encarnación en vez de los de los Reyes de Francia.
Y digo que aquella iglesia sirvió para esto en todo el siglo XII, porque la catedral que hoy existe, no se comenzó hasta fines del mismo.
Acaso habrá quien tenga esta especie por aventurada. Ponz en su viaje dice que este templo se edificó en el año 1117 y siguientes. Comúnmente se afirma que San Olaguer restauró la iglesia catedral, cuya área encontró llena de maleza, y tal como pinta Orderico Vital (lib. XIII. Hist. eccles.) en las palabras que cita Flórez: In episcopali quippe basilica quercus et fagi (robles y hayas), aliaeque procerae arbores iam creverunt. Mas estas expresiones sólo pueden verificarse respecto de la iglesia de Santa Tecla la vieja, no de la nueva catedral, la cual vuelvo a decir que es obra del siglo XIII, y cuando más comenzada a fines del anterior. No negaré que San Olegario quisiese entrar en empresa tan santa, pero no tengo por verosímil que la pusiese en ejecución en los tiempos que alcanzó, tan apurados, que le obligaron a poner la ciudad en mano extranjera, mayormente habiendo residido en ella tan poco tiempo. La fábrica de este edificio desde su principio se ejecutó bajo un plan que se siguió hasta su conclusión; y si se observa lo primero que en él se trabajó, señaladamente la parte exterior del presbiterio donde no se ha añadido adorno ni reparo alguno, se verá que es del gusto del siglo XIII, o muy próxima a él. Algo más que estas conjeturas vale lo que decíamos poco ha, que el Arzobispo Don Bernardo para las funciones de la catedral, y de metropolitana señaló la iglesia de Santa Tecla, sin hacer mención de iglesia nueva ni de haberse comenzado, ni de que debiesen celebrarse en ella estos actos, cuando estuviese concluida. Prueba evidente de que en el año 1151 en que mandó esto aquel Prelado, ni aún se pensaba en la construcción del nuevo edificio, o por lo menos no había en él parte ninguna que estuviese en estado de servir para el culto. Lo cual es de todo punto inverosímil, si hubiera dado principio a está fábrica San Olaguer, que así como concluyó gran parte de los muros de la ciudad, así hubiera adelantado estotro edificio, si en ello pusiera la mano; pero el Santo acudió a lo más necesario, que era la defensa del pueblo, dejando las obras suntuosas para tiempos de paz y abundancia. Para satisfacer a los que digan que con el nombre de Santa Tecla pudo indicar Don Bernardo la nueva iglesia, o parte de ella ya habilitada, y para que del todo se vea que en su tiempo ni aún se había comenzado esta obra, será bien copiar aquí una breve cláusula del testamento que hizo el sucesor Don Hugo de Cervelló en 1171 (a: Ap. núm. XVIII.): Dice así: Praeterea mandavit, quod mille morabatini quos tradiderat Poncio de Barberano, iturus Romam, ad opus ecclesiae incipiendum, et ad officinas canonicae faciendas, in eodem opere, sicuti tunc ordinaverat expenderentur: D. videlicet in opere eclesiae, et D. in officinis canonicae. Las palabras ad incipiendum opus ecclesiae, de ningún modo se interpretan bien, sino aplicándolas a la iglesia catedral. Consta, pues, que en tiempo de este Prelado Don Hugo, que comenzó a serlo en 1164, se trató de comenzar este magnífico edificio, y aun podemos inferir de lo dicho que efectivamente se trabajaba en él al tiempo de su muerte. Así que puede fijarse su principio en el año 1170. De la continuación del edificio no he hallado otra memoria más que la que hizo en 1214 el Arzobispo Don Raimundo Rocaberti en su testamento (a: Ap. núm. XIX.); del cual consta que se estaba construyendo el claustro y la iglesia. Tardó esta en concluirse lo que tardó en ser elegido Arzobispo Don Bernardo Olivella, el cual habiendo tomado posesión de esta silla en 1272 se propuso concluir el templo, y para poderlo hacer con menos incomodidad de sus feligreses, resolvió retirarse por algún tiempo al monasterio de los canónigos reglares de Escornalbou, donde era reconocido como Prior por ser Arzobispo, y viviendo con poca familia y mucha moderación, ahorró grandes sumas, con que pudo construir las dos últimas naves transversales, y la fachada del templo. Dicen que el arquitecto que en esto entendió, se llamaba maestre Bartomeu. En el necrologio de esta iglesia al día 11 de marzo hallo memoria de otro arquitecto con estas palabras: anno 1256 obiit frater Bernardus, magister operis ecclesiae.
Consagró este templo el Arzobispo Don Juan de Aragón, hijo del Rey Don Jaime II en el mes de junio de 1331 estando presentes el Rey Don Alfonso IV, su hermano con su mujer Doña Leonor, y los Obispos de Gerona, Lérida, Tortosa y Urgel, y los Arzobispos de Sacer y Caller en Cerdeña, y el Infante Don Ramón, Conde de Pradas (Prades), hermano del Rey y del Arzobispo, y otros muchos señores de la corte. Este mismo Prelado hizo los púlpitos; porque aunque el todo del edificio se concluyó, sin embargo quedó para la liberalidad de los venideros la construcción de muchas capillas, altares, y otros adherentes. Tiene de largo este templo desde el lindar de la puerta hasta el testero del presbiterio 467 palmos catalanes. La latitud de la nave principal es de 61 palmos, y la de toda la iglesia, excluyendo el fondo de las capillas, de 251. Las naves colaterales no acompañan en la elevación a la principal. Todo el edificio es de sillares, los cuales se dice que se tomaron del alcázar de los Emperadores. La pila bautismal es una pieza grandísima de mármol hallada entre las ruinas de la casa Imperial, la cual por su concavidad y hechura se presume que sirvió de baño. Las vistas de la fachada y cortes del edificio son propias de la atención de los que viajan con este objeto.
El coro se fabricó en tiempo de los Reyes Católicos; la sillería es de roble de Flandes; hízola el Arzobispo Don Pedro de Urrea en 1479, por precio de 65.000 sueldos: fue el escultor Francisco Gomar, vecino de Zaragoza. El órgano se estaba trabajando en 1562 por los escultores Gerónimo Sancho, y un Perris (Pierre) Ostri, que así suena en las resoluciones capitulares de aquel tiempo. A la descripción que hizo Ponz de la excelente capilla del Sacramento, sólo tengo que añadir las particularidades siguientes: es a saber, que Don Antonio Agustín, que fue el que la construyó, pidió licencia al cabildo para hacerla en el refectorio, por el mes de mayo de 1580: que este pensamiento ya lo había propuesto al mismo cuerpo el Arzobispo Don Gaspar de Cervantes en 7 de noviembre de 1572: y por último, que el arquitecto que entendió en su ingeniosa construcción fue Bernardo Casseres, a quien en una resolución capitular de 1.° de agosto de 1583 llaman maestro arquitecto de la capilla del Arzobispo; y como entonces lo era Don Antonio Agustín, el cual no edificaba otra capilla sino esta, parece que él y no otro debió ser el arquitecto. Lo fue después el insigne Pedro Blay, de Barcelona. El pintor Isac, a quien Pons atribuye los cuadros del altar de esta capilla en 1587, encarnó el crucifijo del coro, sino que aquí le llaman Constancio Isac, y Pons Isac Hermes. Para hacer este crucifijo se ofrecieron varias cantidades en 1583, con tal que saliese tan acabado como el del coro de la catedral de Valencia, y aun se escribió a un canónigo Freixa, que se hallaba en aquella ciudad, para que mandase hacer allí un crucifixi molt bell, y ben proporcionat, y ab bona perfeccio. Acaso no se verificó esto, si es verdad que le concluyó, como aquí dicen, un maestro Miret, fuster del Capitol en 1587.
Algunas otras memorias me han comunicado de artífices de menor cuenta, que omito por hallarse ya en el Diccionario de profesores de bellas artes. Soló quiero advertir que es sin duda alguna del Zúcaro un cuadro de la Asunción en la dicha capilla del Sacramento, especie omitida en dicha obra. Muy digna es de ser conservada la memoria del doctor Jaime Amigo, cura de Tiviza, que sin ser artista de profesión hizo los dibujos de las principales obras que se hicieron en esta iglesia en el siglo XVI. El órgano, el crucifijo del coro, los bellísimos sepulcros de los Arzobispos Terés, Cervantes y Agustín, las portadas y retablo de la capilla del Sacramento, su graciosa cúpula construida sobre una bóveda antigua de media caña, toda de sillares: estas y otras obras se deben a aquel digno eclesiástico, que supo hermanar el gusto y el ardor en promover las bellas artes con el más exacto desempeño de las obligaciones de su ministerio. Era natural de Ulldemolins en este arzobispado. Volviendo ahora a la fábrica de la iglesia, hállase pegado a ella por la parte de poniente el magnífico claustro, que ciertamente merece una descripción más circunstanciada que la que hizo Pons, así como ofrece a los curiosos puntos de vista excelentes. Ya dije que se estaba construyendo en el año 1214, aunque algunos adornos de arcos y columnas son posteriores. Es un cuadrado perfecto, tiene por lado sesenta y dos varas: en cada uno de ellos hay seis arcos grandes de medio punto, los cuales se subdividen en tres pequeños sostenidos por columnas de mármol, que son en todo 276, sin contar las del aula capitular, cuyos grupos, junto con el hermoso jardín y fuentes del luneto, forman un todo vistoso y magnífico. Los capiteles y bases de las columnas son de gusto gótico y de labor muy varia y caprichosa; apenas se halla una que diga con otra. Los frisos están llenos de relieves de asuntos sagrados, profanos, imaginarios y aun imposibles. Tal es entre otros un relieve que representa todas las operaciones del entierro de un gato, ejecutado por los gatos. No hay duda que lo más apreciable en estas obras es la unidad y sencillez, pero en medio de esta variedad y extravagancia del ingenio humano halla el curioso espectador con que deleitarse, observando los progresos de las bellas artes y los conatos para avecinarse a su modelo, que es la naturaleza: y tal vez se tropieza entre muchos desaciertos con valentías de un ingenio de primer orden, a quien sólo le faltó nacer en siglos más ilustrados. En las artes y ciencias la mayor parte de los hombres debemos lo que somos a la educación; alguna disculpa tiene el que no corrige los defectos que de ella sacare, cuando el mal gusto es tan general que no se hallan buenos maestros ni modelos que imitar. Digo esto al paso para responder a los que miran con desprecio estas obras. En una pared de este claustro están bien colocados los restos que quedan del famoso templo de Augusto en Tarragona, los cuales publicó el P. Flórez. Fueron hallados, no en los cimientos de la capilla nueva de Santa Tecla, como comúnmente se cree, sino en la calle llamada del Horno de San Bernardo, detrás de la plazuela dicha del Oli (aceite, óleo), distante de la catedral como un tiro de fusil. Otras razones alegaba con esta el citado canónigo Posada, para probar que este fue el sitio de aquel famoso o infame templo. Junto a estos monumentos está colocada una portadita árabe con un letrero cúfico alrededor del arco, de que acaso hablaré otro día. Junto a estas reliquias de la antigüedad está la puerta del antiguo refectorio, del cual sólo se conserva la mitad, pues lo restante se hizo capilla del Santísimo, como llevo dicho. En lo que queda se ve la bóveda de piedra sillar romana, y es uno de los trozos más bien conservados de la casa y adyacentes antiguos de los Emperadores, Legados, Prefectos, etc. De las capillas que hay en el claustro la más famosa es la intitulada De corpore Christi, fundada por Don Geraldo de Rocaberti, Prepósito de esta iglesia, a principios del siglo XIV in capite capituli, seu capitularis domus, como se explica el Papa Juan XXII en el breve que citaré después. Efectivamente era esta la pieza del capítulo hecha según la forma monacal para las prácticas de la vida reglar, entre otras para la lección diaria de la kalenda. Ahora sólo sirve de tránsito para el archivo y sala nueva capitular, que es magnífica y bien decorada. Gran servicio se haría a la iglesia si esa pieza que decimos, siendo, como es, espaciosa, clara y sana, y en el día casi inútil, se destinase para sacristía mayor. Cosa muy fácil estando inmediata a la actual, que es mezquina, lóbrega, húmeda y sumamente incómoda.
El fundador de esta capilla depositó en ella, o en algún sitio contiguo, una porción de libros destinados a la pública utilidad y enseñanza del clero. Para su conservación impuso el Papa Juan XXII pena de excomunión al que los extrajese, excepto el Arzobispo, a quien se le da permiso para que saque los que quisiere, con la obligación de restituírlos dentro de un mes. El breve es del año XV de su pontificado (1330). Esta es la memoria más antigua que he encontrado de la biblioteca de esta catedral. A estos libros aludiría la constitución que poco después hizo el Arzobispo Don Juan de Aragón, Patriarca de Alejandría, mandando que se custodiasen en el dormitorio común bajo de dos llaves distintas, y que los recibiesen por inventario los dos síndicos anuales. Del año 1402, en tiempo del Arzobispo Don Íñigo Valterra, es la constitución siguiente:
fiat libraria de lapidibus politis bene et congrue supra claustrum ecclesiae Tarraconensis, videlicet, in illo loco claustri contigui dormitorio, magis idoneo. No debió tener por entonces esta constitución el efecto deseado. En el pontificado de Don Pedro de Urrea se volvió a mandar ut ad bibliothecam construendam locus commodus eligatur.
A este cuidado se debió la conservación de algunos libros raros que aún permanecían en el siglo XVI, como se ve en las Actas capitulares de aquel tiempo. Don Antonio Agustín, recién promovido a esta Silla, pidió al cabildo en diciembre de 1577, que se le prestasen algunos libros para la edición que meditaba de las Constituciones provinciales Tarraconenses y catálogo de sus Arzobispos, y se resolvió que se le diesen Marchiles super constitutionibus et versiculis temporum, et alii originaliter, et libri mss. qui fuerint necessarii. Antes de esto, en 1564, el Duque de Francavila, Capitán general de Cataluña, hallándose en esta ciudad con motivo de la peste de Barcelona, pidió al cabildo un libro intitulado Otia Imperialia. En 2 de septiembre de 1598: “proposuit (dicen las Actas) dominus canonicus Marian que ha parlat ab lo senyor Archabisbe sobre lo libre del Coch, y que li ha dit que cren (creu) nol trobara.” En 1.° de mayo del año siguiente restituyó el Arzobispo dicho libro del Coch.
Si este libro era de cocina, e impreso, pudo ser uno que compuso en tiempo del Emperador Carlos V un maestro Roberto, del cual vi años pasados un ejemplar muy raro en la biblioteca de mi convento de San Onofre, extramuros de Valencia. Hasta mediados del siglo XVII quedan memorias de librería, y libros hurtados y restituidos a esta santa iglesia. Más adelante, con los contratiempos de las guerras, o con la avaricia criminal de los que buscan para sí solos estos tesoros, desapareció la biblioteca, que por varios indicios debía ser copiosa y exquisita; y aunque en el día hay, como antes, oficio de bibliotecario, casi no tiene en qué ejercitar su jurisdicción, porque de la grandeza antigua sólo han quedado los códices siguientes: Pontificale Romanum, fol., sin páginas, ni año, ni oficina de impresión; pero sin duda de fines del siglo XV. = Ordinarium Sacramentorum secundum ritum et consuetudinem sanctae metropolis ecclesiae Tarraconensis, dispuesto por el Arzobispo Don Pedro de Cardona, e impreso por Juan Rossembach en Barcelona, año 1530. = Missale ecclesiae Tarraconensis, ordenado por el Cardenal Arzobispo Don Gerónimo Doria, e impreso en León por Cornelio de Septem grangiis en 1550. = Otro Misal fol. del tiempo del Arzobispo Don Gonzalo de Heredia, con este título: Incipit liber Sacramentorum editus à B. Gelasio Papa Romanae Sedis, emendatus, et breviatus à B. Gregorio: quo in praesentiarum utitur sancta Tarraconensis ecclesia, Hispaniarum metropolis. Se imprimió en Tarragona per Johannem Rossembach Alemannum, perfectum XXVI. junii anno salutis christianae M.CCCC.XCIX. = Un Breviario impreso en 8.° hacia los años 1490, aunque ni esto ni el impresor se expresan; le dispuso el Arzobispo Don Pedro de Urrea, Patriarca de Alejandría, el año XL de su pontificado, encargando este trabajo a Don Jaime Campaner, canónigo, a Don Miguel Sisterer, comensal, y a Mossen Gabriel Cobou, beneficiado, los cuales concluyeron su obra a 24 de diciembre de 1484. = Diornale secundum usum ecclesiae Tarraconensis, ms. vit. del siglo XV, forma de 32. Este librito le restituyeron en unas misiones el año 1794. = Un fragmento de Breviario de esta iglesia, manuscrito muy maltratado: contiene el salterio, hymnodia, capítulos y oraciones, las lecciones, antífonas y responsorios; pero estas sólo llegan al día de Ceniza: es posterior a los tiempos de Calixto III: pone verbetas en maitines después del IX. R), y alleluia; y prosa después del capítulo, en las segundas vísperas de las principales festividades. De donde se puede inferir que esta costumbre, observada también en Valencia, como dije en su lugar, era general en toda la provincia Tarraconense. = Un códice ms. fol. que contiene: 1.°, el Necrologio de esta iglesia, copiado: de él he formado excerptas: 2.°, Martyrologium Usuardi (Martirologio de Usuardo), con su prólogo ad Karolum Magnum (Carlomagno): 3.°, Expositio regulae Beati Augustini edita ab Ugone de Sancto Victore (Hugo de San Víctor): 4.°, Litaniae: 5.°, Forma induendi novitium et faciendi professionem: 6.°, Modus dicendi Praetiosa qui nunc servatur: 7.° Modus dicendi Praetiosa tempore antiquo, et secundum consuetudinem ecclesiae Sancti Ruphi. Todo parece escrito en el siglo XV, aunque en el Necrologio hay adiciones del siguiente.
Estos son los únicos códices rituales que se conservan en la Biblioteca de esta iglesia. De los literarios todavía es más escasa; sólo he podido hallar uno del siglo XIV en papel folio con este epígrafe: De regimine Principum, secundum S. Thomam de Aquino, quem librum non complevit praeocupatus a morte sed eius socius postea eum complevit, et Regi Chipri (Rey de Chipre) missit. Este libro me trajo a la memoria el famoso códice Tarraconense de la Suma de este Santo Doctor, cuyas variantes publicó el P. Fr. Francisco García, de mi orden. Sospecho que pudo ser uno de los libros teológicos que el Arzobispo Don Bernardo de Olivella legó en su testamento de 1287 a mi convento de esta ciudad. Mas ni en él, ni en otra parte alguna he podido encontrarle. Deseaba yo certificarme más de los fundamentos con que aquel escritor dijo el primero de todos que Santo Tomás había tomado la parte segunda de su Suma del Speculum morale de Fr. Vicente Bellovacense: especie desmentida hasta la evidencia por el P. Echard, no sólo en la Biblioth. Scriptor. ord. Praed. sino también y con más extensión en el tratado que intituló: Summa S. Thomae suo authori vindicata.
En la biblioteca de este mi convento, ya que hablamos de ella, hay un códice en 8.° de vitela delicadísima, ms. del sig. XIII, que contiene la Suma de San Raimundo de Peñafort con muchas variantes de la edición de Roma, 1603, que es la que aquí he visto: tiene 436 hojas. = Item Directorium Inquisitorum de Fr. Nicolás Eymerich, ms. en fol. a fines del siglo XIV en papel: al fin tiene esta nota: Explicit totum Directorium Inquisitorum haereticae pravitatis compilatum Avinione per Fr. Nicholaum Eymerici, ordinis Fr. Fr. Praed. S. Theolog. magistrum, ac Inquisitorem Aragoniae anno Domini M.CCC. septuagesimo sexto. Sigue del mismo escritor liber de jurisdictione Ecclesiae et Inquisitorum contra infideles, demones invocantes. Otros manuscritos hay, cuya noticia servirá para la biblioteca de mi orden.
Mas por lo que mira a bibliotecas nada hay en esta ciudad comparable con la que legó al convento de PP. Observantes de San Francisco el difunto canónigo Don Ramón Foguet, persona conocida y dignamente elogiada por Don Antonio Ponz en el tomo XIII de su Viaje, carta VI.
En efecto, esta copiosa y selecta librería acredita su vasta erudición y delicada elección en todo género de literatura. No sé si este sabio logra el fin que se propuso en su donación, que fue proporcionar al público libros para su enseñanza; y no porque los padres no cuiden ni conozcan lo que es este tesoro, que los hay doctos y laboriosos sobremanera, y amantes del bien público, sino porque el lugar donde se colocó es propenso a la polilla, caluroso, estrecho, mezquino y poco correspondiente a la grandeza de la dádiva. Nunca serán bastantemente alabados los literatos que hacen esta especie de donaciones a la posteridad, perpetuando el buen uso del tesoro que más estimaron en vida. Mas sería de desear que a estas miras benéficas acompañase la liberalidad y posibilidad para disponer anticipadamente los lugares de depósito, precaviendo en esto los daños que pueden resultar de la pobreza de los legatarios. Consta esta biblioteca de unos cuatro mil volúmenes. Entre ellos hay varios códices litúrgicos de las iglesias de España, impresos antes de la reforma de San Pío V y un Ritual ms. en vitela del siglo XV, perteneciente a esta de Tarragona, idéntico con los que ya dije de la catedral de Valencia, la cual en este género de códices y otros literarios a ninguna de las iglesias que he visitado hasta ahora, reconoce ventaja. Las pinturas de este literato, que tanto celebró Ponz, vinieron a manos de su hermano Don Francisco Foguet, comensal de esta iglesia. El monetario pasó igualmente al mismo convento de San Francisco. Está bien clasificado, y consta de más de tres mil monedas, aunque en esta cuenta entran varias modernas y medallas de proclamación, premios y otras semejantes. Dióles también un pequeño gabinete de historia natural. Cuando el actual Ilustrísimo Señor Arzobispo, recién venido a esta Silla, pueda verificar su proyecto de establecer una biblioteca pública archiepiscopal, tendrá Tarragona abiertas estas fuentes de la literatura, sin las cuales nunca se hacen grandes progresos. La adquisición de libros está vinculada a los ricos: el que no lo sea está atenido a las instituciones que le formaron, si una mano poderosa y benéfica no le proporciona obras magistrales en las bibliotecas públicas.
A Dios. Tarragona, etc.
(N. E. Es una maravilla que hoy en día pueda consultar online, e incluso descargar en pdf u otros formatos, monumentos de la literatura. Estos pueden ser escaneados en cualquier parte del mundo y ofrecidos a la comunidad global. Otra cosa es el poder leerlos o no, eso depende de la formación, aptitudes, trabajo y estudio de cada uno, la lengua en que están escritos, el tipo de letra, si son manuscritos o impresos, la calidad del scan, etc. Por ejemplo, en este tomo 19 del Viaje literario de Villanueva - ya llevo 18 editados - me he encontrado algunas páginas algo borrosas, que el OCR, optic character recognition, no puede leer, e interpreta lo que le da la gana, por lo tanto tengo que escribir las palabras yo, porque cuesta menos que corregir las que vienen escritas en texto plano; eso siempre que las pueda leer. Algunas veces tengo que buscar un pdf alternativo, porque no puedo leer alguna página escaneada.)
El edificio actual conserva un estilo plenamente medieval, aunque con numerosos elementos de época romana. Además, forma parte del conjunto patrimonial gestionado por el Museu d'Història de Tarragona. Se puede visitar conjuntamente con el circo romano, con el que está comunicado por pasadizos subterráneos. Desde la terraza se puede disfrutar de unas magníficas vistas de la ciudad.