Creus que un clapé de cataláns van imposá la seua llengua als valensiáns ?
Cabanes, que va estudiá los llibres dels avehinaments y del repartiment va calculá que a finals del siglo XIII la siudat de Valénsia arribae als 30.000 habitáns frente a 2.000 inmigráns arribats durán y después de la conquista. Si pensam que de estos 2.000 lo 60% eren aragonesos, lo 32% proveníen de la marca hispánica y lo 7% de atres territoris peninsulás, arribem a la sifra de que pobladós de les terres que avui coneixem com Cataluña eren 600. Pensá que 600 pobladós van conseguí imposá la seua llengua a 30.000 persones afincades a la capital del nou reino es sientíficamen imposible.
repartimiento de Valencia (latín) Archivo Corona Aragón
Crees que un montón de catalanes impusieron su lengua a los valencianos ?
Cabanes, que estudió los llibres dels avehinaments y del repartiment calculó que a final del siglo XIII la ciudad de Valencia llegaba a los 30.000 habitantes frente a 2.000 inmigrantes llegados durante y después de la conquista. Si pensamos que de estos 2.000 el 60% eran aragoneses, el 32% provenían de la marca hispánica y el 7% de otros territorios peninsulares, llegamos a la cifra de que pobladores de las tierras que hoy conocemos como Cataluña eran 600. Pensar que 600 pobladores consiguieron imponer su lengua a 30.000 personas afincadas en la capital del nuevo reino es científicamente imposible.
http://jgsentandreu.blogspot.com/2012/03/prueba-n-19-els-llibres-del-repartiment.html
EL “LLIBRE DEL REPARTIMENT” Y “EL LLIBRE DELS AVEHINAMENTS“ DEMUESTRAN QUE EL TOTAL DE COLONOS PROVENIENTES DE LA “MARCA HISPÁNICA” NUNCA SUPERÓ LOS 4.000.
¿Cuántas veces hemos oído decir que los valencianos hablamos catalán porque en 1238, cuando Jaime I conquistó el Reino moro de Valencia nos trajo el catalán a través de sus huestes catalanas que colonizaron nuestro territorio?
“In nomine Domini.
Incipiunt donationes de Valentia et de termino, facte a domino Jacobo rege Aragonum sub Era millesima CCª LXXVª, anno M. CC. XXX. Séptimo”
Llibre del Repartiment (1.237)
Ilustrábamos la prueba anterior con una foto del Llibre del Repartiment al tiempo que concluíamos que era materialmente imposible que un 2% de la población del Reino de Valencia de 1238 provenientes de la Marca Hispánica (hoy Cataluña) nos trajeran una lengua que aún no existía, el catalán, (en estos condados feudatarios del Rey de Francia se hablaba provenzal o lemosín) y nos la “enseñaran” con tanta rapidez y eficacia que cuando Jaime I nos conquistó ya nos promulgara Els Furs, supuestamente en “catalán”. Si esto hubiese sido cierto, el prodigio lingüístico sería merecedor de mayores estudios:
1.- ¿Quién puede creerse que una parte de las huestes aragonesas reclutadas en los condados “catalanes”, la mayoría iletrados, tuvieran conocimientos para ejercer una didáctica básica para enseñar su lengua?
2.- ¿Cómo van a enseñarnos a los valencianos el “catalán” si la lengua de los condados franceses de la Marca Hispánica era el provenzal y el lemosín? (Hoy en día englobados en el occitano)
3.- ¿Cómo van a importar una lengua “la catalana” que no existía todavía y que tendría que esperar dos siglos para que empezara a germinar con una mínima estructura y denominación propia?
4.- ¿Cómo 4.000 soldados de unas localidades fronterizas como eran los condados “catalanes” van a imponer a la población de 200.000 habitantes de todo un Reino que ya hablaba y escribía el “romanç valenciá” desde el siglo IX?
5.- ¿Cómo van a enseñarnos el “catalán” los soldados de Jaime I y este, al momento, nos otorga las leyes en “romanç valenciá” para entendimiento de la población del Reino que acababa de conquistar? "Est fur arromança lo Senyor Rey" “Istum forum posuit in romantio Dominus Rex” (Furs del Regne de Valencia.
6.- ¿Cómo es posible que se exija a médicos y jueces que emitan las recetas y las sentencias en “romanç” si, a partir de ese momento –supuestamente- se nos iba a empezar a enseñar esa lengua? "Los jutges en romanç diguen les sentencies...", "Metges axi fisichs com cirurgians les receptes que ditaran hajen a dictar en romanç declarant lo nom de les herbes en lur nom comu, e vulgar (Furs del Regne de Valencia).
Como escribe el Catedrático de Historia, Leopoldo Penyaroja (http://es.wikipedia.org/wiki/Leopoldo_Pe%C3%B1arroja_Torrej%C3%B3n), en “el mozárabe en Valencia” (Editorial Gredos 1990) “la lengua romance de los mozárabes i de los musulmanes de Valencia, la que debió de oír el Rey Jaime I cuando puso pié en la Valencia de 1238. No era, por consiguiente, la que, partiendo de las bases insuficientes, imagina Sanchis Guarner (y que algún despistado discípulo reafirma contra toda evidencia). No era una lengua fósil, ni desligada del habla valenciana medieval, sino una lengua evolutiva i modernizante, de estructura fonética idéntica a la lengua valenciana posterior”.
El catedrático de historia, el medievalista Antonio Ubieto Arteta (http://es.wikipedia.org/wiki/Antonio_Ubieto_Arteta), en su estudio de los “Orígenes del Reino de Valencia”, detalla minuciosamente cuales fueron las composiciones de las tropas que acompañaron al Jaime I en su conquista de las tierras valencianas. Confirma que sólo “un 2%” de las susodichas tropas procedían de la Marca Hispánica, lo que posteriormente se conoció como Cataluña y que para entonces aún no existía la unidad de lo que hoy es Cataluña”.
De este 2%, el 0,8 eran gentes provenientes del clero de los condados, especialmente del de Barcelona, del que Jaime I era Señor (CONDE) y San Luis IX, Rey de Francia, su soberano hasta 20 años más tarde. El resto, hasta el 2 %, esto es, el 1,2 % eran soldados de los cuales muchos regresaron a sus tierras al impedirles Jaime I entrar “a botín y rapiña” en el Reino de Valencia. En su consecuencia, estos pobladores "no pudieron hacer valer su lenguaje ante los más de 65.000 cristianos, 2.000 judíos y 120.000 moros habitantes del reino moro valenciano". (Hussein Mones, catedrático de Estudios Hispánicos Al Andalus, de la Universidad de El Cairo, en su libro: Andalucía, Algarabía and Al Sharky.
https://www.levante-emv.com/opinion/2012/05/29/rigor-cientifico-frente-descalificacion-barbarie/908888.html
A partir del 7 de Julio de 1237, los escribanos de Jaime I comenzaron a anotar en el Libro Primero “del Repartiment” el nombre de la persona que asistía al asedio de la ciudad de Valencia y el número de las “casas y yugadas (jovadas) de tierras” que también se ofrecían. Y así ocurrió hasta después de la ocupación. Los ofrecimientos se hacían para ocupar el reino moro con cristianos, lo cual exigía la permanencia definitiva del beneficiario en tierras valencianas. Una vez conquistada la ciudad comenzaron a hacerse realidad las donaciones, extendiendo los documentos correspondientes, de los que se conservan muchos. Y, tan pronto como este título de propiedad se extendía, los escribas del Rey cancelaban el ofrecimiento con unas “señales a modo de tachadura” que confirmaba que la promesa del reparto se había cumplido.
En el Llibre del Repartiment, perteneciente al Archivo de la Corona de Aragón y que, lamentablemente, se encuentra en Barcelona, “se registran meticulosamente las donaciones de casas o terrenos hechas por el rey Jaime I a aragoneses, catalanes, navarros, ingleses, húngaros, italianos y
franceses, es decir a todos los que participaron en la cruzada que fue la conquista de Valencia. Se calcula que en el Reino de Valencia vivían unas 200.000 personas mientras que los repobladores solamente fueron unos pocos miles. El aumento de la población del reino de Valencia no llegó a un 5% con la inmigración aragonesa y catalana. Y esta inmigración iba aproximadamente por mitad y mitad.
(http://es.wikipedia.org/wiki/Llibre_del_Repartiment_de_Valencia).
"Consideramos -dice A. Ubieto- que la lengua romance hablada en el siglo XII en Valencia persistió durante el siglo XII y XIII, desembocando en el 'Valenciano medieval'. Sobre esta lengua actuarían en muy escasa incidencia las de los conquistadores, ya que, como he señalado en otra ocasión, el aumento de la población del reino de Valencia no llegó a un 5 % con la inmigración aragonesa y catalana. Y esta inmigración iba aproximadamente por mitad y mitad..... “
El “Llibre dels Avehinaments” de los años 1387-1396, censo confeccionado también por el rey Jaime I, ha sido estudiado en profundidad por la Catedrática de Paleografía, Cabanes Pecourt
(http://ca.wikipedia.org/wiki/Amparo_Cabanes_Pecourt), estableciendo sin lugar a dudas que las concesiones de casas y tierras a los mercenarios de la “Marca Hispánica“ (“catalanes”) fueron prácticamente inexistentes en relación a las otorgadas a otras tropas, tales como aragoneses, navarros e incluso extranjeros. Posteriormente las lecturas que se han efectuado del Libro del Repartimiento no han modificado sustancialmente este porcentaje del 1,2% de catalanes que permanecieron en Valencia una vez conquistada a los moros.
Para el profesor Peñaroja “la conclusión es clara: el 16,8 % de una minoría repobladora no podía imponer, en tal situación, su dialecto catalán occidental. Y esta tendencia se confirma, de forma coincidente, en las comarcas y poblaciones más populosas del Reino, como era Játiva, donde se detecta casi un 60 % de repobladores de habla aragonesa y castellana frente a un insignificante 14 % de habla catalana occidental (provenzal). y como que estas son los únicos datos históricos comprobables, la Filología científica no se puede desentender de ellos. Es decir: hoy por hoy, la teoría que interpreta el valenciano como el producto de una repoblación catalana no es históricamente demostrable. Es una opinión, no un conocimiento científico”.
¿Cómo construye Cataluña la supuesta dominación “catalana” del Reino de Valencia?
El archivero del Archivo de la Corona de Aragón en Barcelona, Próspero de Bofarull, hace -a mediados del siglo XIX- una traducción falseada del "Libre de Repartiment del Regne de Valencia" para inventarse los nombres de las familias catalanas que, según él, vinieron a enseñarlos “su lengua” y a quedarse en Valencia. Pero su edición resultó tan extraordinariamente manipuladora y la manipulación tan burda que carece de credibilidad alguna. Bofarull se dedicó a leer y a copiar única y exclusivamente los "asientos" de la ocupación de tierras que le interesaron y que no son otros que los catalanes, obviando la mayoría de las adjudicaciones a aragoneses navarros, ingleses, húngaros, italianos y franceses. Como digo, la versión del archivero Bofarull está totalmente desacreditada a todos los efectos académicos e historiográficos.
El contexto social y político de la manipulación de Bofarull no es otro que el inicio de la “Renaixença” catalana (mediados del siglo XIX) donde la construcción de su personalidad “nacional catalana” exigía esta serie de “licencias”. En esencia, la edición de Bofarull estaba absolutamente manipulada ya que no tuvo en cuenta la totalidad del texto, ni la técnica notarial del siglo XIII, ni mucho menos la actual. Tachó a capricho nombres aragoneses y navarros para demostrar la supremacía de catalanes frente al resto. Hoy, todas sus omisiones, tachaduras y hojas eliminadas se han podido recuperar y contrastar con el resto de documentación, el “Llibre dels Avehinaments” , de pergaminos y textos complementarios que arroja un resultado determinante: la población del Reino de Valencia proveniente de los condados de la Marca Hispánica tras la conquista de Valencia no supuso más que una cifra porcentual del 1,5 % del total de los habitantes, lo que hace del todo punto imposible que dichos soldados pudieran enseñar su supuesto “catalán” a todo un Reino 200 años más avanzado que los condados “catalanes” que tendrían que esperar dos o más siglos a empezar a hablar y a denominar “catalán” a su lengua, 200 años a empezar a escribir su legislación “en catalán”, 300 años para constituirse como provincia administrativa de España, y 400 a tener una “Renaixença” literaria cuando Valencia tuvo su “Siglo de Oro de la lengua valenciana” en el momento en que “Cataluña” empezaba a balbucear el catalán.
http://jgsentandreu.blogspot.com/2012/03/prueba-n-19-els-llibres-del-repartiment.html
http://roderic.uv.es/handle/10550/50781
https://www.levante-emv.com/opinion/2012/05/29/rigor-cientifico-frente-descalificacion-barbarie/908888.html
https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/1958047.pdf
repartimiento de Valencia (Bofarull)
Privilegio con que el rey don Jaime I confirmó a los pobladores de Valencia el libre goce de las heredades que estuviesen poseyendo con título o sin el, sin necesidad de nueva medición ni reconocimiento.
Para llevar a cabo la conquista de Valencia, como antes para Mallorca, prometió don Jaime distribuir las tierras que se conquistasen entre los que le acompañasen en la empresa. Los privilegios que otorgó con este motivo, o para confirmar las donaciones ya hechas después de la conquista, se hallarán publicados en el tomo II, pág. 1-18, del Tratado de los derechos y regalías que corresponden al Real Patrimonio en el reyno de Valencia, por Don Vicente Branchat. Por esto o los insertamos aquí. Creemos, sin embargo, que no carecerá de interés el que ahora damos a luz, porque es más general, y posterior en fecha a todos los publicados.
Noverint universi: quod Nos Jacobus Dei gratia Rex Aragonum Maioricarum et Valentie Comes Barchinone et Urgelli et Dominus Montispesulani per nos et nostros heredes et successores omnes ex certa scientia et consulte laudamus concedimus et confirmamus vobis universis et singulis nobilibus sive richis hominibus et militibus ac infancionibus habitantibus et hereditates seu possessiones habentibus in regno Valentie omnia castra vestra alquerias et turres vineas ac domos ortos campos atque reallos et quaslibet alias hereditates et possessiones vestras que quas et quos habuistis et tenuistis hactenus et hodie tenetis ac possidetis cum titulo vel sine titulo et quacumque ratione vel modo in civitate et quibuslibet aliis locis regni Valentie memorati. Concedentes per nos et nostros heredes et successores et indulgentes vobis et vestris ac imperpetuum statuentes quod nos vel nostri heredes seu successores non possimus dieta vestra castra alquerias turres vineas domos ortos campos atque reallos vel alias hereditates seu possessiones vestras que quos et quas hodie tenetis et possidetis soguegiare aut recognoscere vel facere soguegiari aut recognosci de cetero et quod vos vel vestri non teneamini de cetero nobis vel nostris successoribus ostendere aliquo tempore cartas aliquas vel albaranos donationis vel partitionis hereditatum seu possessionum
vestrarum predictarum quas in dicto regno ut dictum est possidetis hodie seu tenetis nostra scilicet vel partitorum nostrorum. Nos enim ipsa omnia que hodie in dicto regno tenetis de presenti noviter laudamus concedimus et firmamus et volumus ut presens carta vobis et vestris semper habeatur pro titulo predictorum. Et quod vos et vestri successores habeatis teneatis possideatis et expletetis tanquam rem vestram propriam predicta omnia et singula que in dicto regno tenetis hodie et possidetis cum titulo vel sine titulo vel alia qualibet ratione vel modo ut dictum est sicut ea hodie melius tenetis ac possidetis et absque omni nostra et nostrorum successorum inquietatione recognoscendi et soguegiandi ea et aliorum etiam quorumlibet propter que vos vel vestros in ipsis inquietare possemus usque modo et ad omnes etiam vestras et vestrorum voluntates inde cui et quibus volueritis penitus faciendas exceptis clericis et personis religiosis vobis tamen facientibus aliis queretantibus imde de vobis justitie complementum. Item absolvimus etiam per nos et nostros et remittimus ac diffinimus vobis et vestris imperpetuum omnem petitionem et demandam quam ratione quantitatis quam ultra vestras cartas invenimus in vestris hereditatibus et possessionibus modo quando ipsas recognosci fecimus et soguegiari vel quia aliquas hereditates emistis ab
hominibus nostri servicii vel aliter ab ipsis vel aliis personis adquisistis vel alia qualibet ratione occassione ipsius soguegiamenti et recognitionis habebamus in ipsis vestris hereditatibus et possessionibus vel movere contra vos aut facere poteramus. Item volumus et concedimus vobis et vestris quod possitis uti et *utamini embannis et portallis faciendi secundum quod hoc hominibus civitatis et villarum nostrarum regni Valentie concessimus cum carta nostra ut in ea continetur et quod pro embannis (embá, envá, tabique, paret, etc; pared) et portallis vestris jam per vos factis usque modo nullam vobis et vestris possimus nos vel nostri petitionem aut demandam facere
vel movere. Et sic vobis et vestris facimus super predictis omnibus et singulis bonum finem et pactum e non petendo sicut melius dici potest et * intelfigi * ad vestrum et vestrorum salvamentum ac bonum etia intellectum. Est tamen sciendum quod propter huiusmodi confirmationem concessionem et absolutionem non intelligimus concedere nec absolvere vobis n vestris fraudem vel injuriam nobis factam in furn* molendinis et operatoriis. que a vobis tenentur ad c*sum nec in nostris feudis vel censibus aut aliis reg*liis nostris in quibus aliquis injuriam nobis fecer*
Immo retinemus nobis et nostris quod ipsam injuria* et fraudem siqua in ipsis molendinis furnis, et operatoriis que a nobis tenentur ad censum vel in nost* aliis censibus feudis atque regaliis nobis factam es * invenerimus nos vel nostri petere valeamus. Et intel*gimus regalias nostras etiam ea que pro nobis tene*tur ad censum vel ad certam partem fructuum si * reddituum vel ad certum servicium sive ad violariu* vel ad feudum. Et ad maiorem horum firmitatem pr*dicta attendenda et servanda jurari fecimus ab Arna*do Scriba baiulo Valentie in animam nostram. Ad h*ego A Scriba predictus de mandato dicti domini regis et in eius presentia tactis a me sacrosantis IIII*
evangeliis et cru+ce Domini juro in animam ipsi* domini regis quod idem dominus rex et sui predic* omnia et singula firma habebunt et observabunt et n* contravenient ullo tempore ratione aliqua sive caus* Insuper etiam nos Jacobus Dei gratia rex predict* recognoscimus et confitemur nos habuisse et recepis* a vobis richis hominibus militaribus et infanzonibus predictis ratione predicta viginti milla solidos reg*lium Valentie de quibus vestri bene paccati sum* nostre voluntati. Mandamus itaque baiulis et cetera. Data Ylerde XIIII° kalendas madii anno Domini MCCLXX secundo. - Signum + Jacobi Dei gratia regis Aragonum Maioricarum et Valentie comitis Barchinone et Urgelli et domini Montispesulani. - Testes sunt: - R. de Monchada. - G. R. de Monchada. -
Berengarius de Angularia. - Bernardus de Molloleone. - S. Martin de Oblitis.
REGESTRUM DONATIONUM REGNI VALENTIE
h Nomine Domini incipiunt donationes de Valentia et de termino facte a domino Jacobo rege Aragonum sub era MCCLXXV anno MCCXXXVII ad podium de Cebola.
Pelegrinus Scutifer: II jovatas terre in Campanar. VII idus julii.
Una buena parte de los asientos continuados en estos registros aparecen testados por medio de una aspa, que en la impresión hemos marcado con un asterisco (*). Difícil es el saber a punto fijo lo que aquella señal significa; pero estamos muy distantes de creer que equivalga a una cancelación del
asiento, porque en muchos de estos se notan correcciones y añadiduras que indudablemente fueron puestas después de ella. Sin embargo, no hemos querido que dejase de constar esta circunstancia; como hubiéramos querido también, á haberlo permitido la imprenta, que se marcasen las muchas correcciones y añadiduras de que está cuajado el original; pues son estas en tanto número, y tantos los descuidos que al hacerlas se cometieron, que en muchísimos casos, más que descifrar, hemos debido interpretar el manuscrito. Lo mismo debemos decir de algunos signos convencionales que se hallan notados al márgen, y cuya significación es imposible averiguar ahora. Ténganse en cuenta las dificultades que esto nos ha ofrecido, y perdónesenos si alguna vez nos hemos visto obligados á transigir entre la escrupulosa fidelidad á las palabras sueltas de un texto dudoso, y el sentido que naturalmente debía darse á la totalidad de la frase.